54
Florero, quien más tarde les confirmó que su hija se encontraba allí y que por la tarde sería entregada a
174
su casa .
236.
Paralelamente, la hermana de Lucy Amparo Oviedo, Damaris Oviedo, manifestó que una
vez se enteró de la toma y presumiendo que su hermana se habría podido dirigir al Palacio de Justicia,
llamó a la Casa del Florero para preguntar por su hermana y que dada su insistencia le informaron que
175
se encontraba ahí y que “por la tarde la entregan en casa” .
237.
El 12 de noviembre de 1985 los padres de Lucy Amparo Oviedo recibieron la llamada de
Rodrigo Alba, vecino de su hija, quien les informó haberla visto en la Brigada de Usaquén y les
recomendó llevarle ropa porque estaba muy sucia. Indican que cuando fueron al lugar los militares les
negaron que tuvieran personas detenidas. No obstante, indicaron que pudieron entrevistarse con el
“Coronel Sánchez” quien les informó “no tenemos presos y para su conocimiento les informo que los
nueve empleados de la cafetería todos son del M-19, se fueron, cogieron el monte y ahora dicen que
176
nosotros los tenemos” .
238.
La hermana de Lucy Amparo Oviedo informa que a causa de la incertidumbre que les
generaban estas versiones la familia averiguó por el paradero de la presunta víctima en hospitales, en el
anfiteatro de medicina legal, y en los diferentes batallones, estableciendo que “los que habían sacado de
la Casa del Florero los habían llevado al Cantón del norte”, donde indican que una persona conocida la
177
divisó “en condiciones higiénicas deplorables” .
j.
Gloria Anzola de Lanao
239.
Gloria Anzola de Lanao era una abogada litigante que solía parquear su vehículo en el
sótano del Palacio de Justicia, por sugerencia y con autorización de su tía, la Magistrada Aydee Anzola.
El esposo de Gloria Anzola de Lanao, Francisco José Lanao Ayarza, indicó en una declaración que por
el parentesco con la magistrada, su esposa hacía uso de un lugar de estacionamiento en uno de los
sótanos del Palacio de Justicia, toda vez que éste quedaba muy cerca de su oficina, ubicada en la
178
carrera octava con calle trece .
240.
El esposo de la presunta víctima declaró también que se enteró de la toma del Palacio
por la radio, por lo que infructuosamente intentó comunicarse con Gloria, y la única información que pudo
obtener es que en horas de la mañana llevó a su hijo de un año de edad a la guardería. Indicó que tras
los hechos las autoridades le permitieron el ingreso a la edificación, observó que el carro de su esposa
se hallaba “en el sitio que tenía asignado en el sótano del Palacio […] en condiciones normales. Inclusive
179
había cosas, lo del niño, la silla. Todo estaba en correcto estado en el carro […]” . Lo anterior permite
concluir que Gloria Anzola de Lanao se encontraba al interior del Palacio de Justicia cuando ocurrió la
toma del Palacio por el M-19 el 6 de noviembre de 1985.
241.
Asimismo, agregó que tras los hechos se dirigió al Cantón Norte, en compañía de
algunos de los familiares de los desaparecidos, sin obtener mayor información, pero que en una
174
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 216. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
175
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 216-217. Anexo
al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
176
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 216. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
177
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 217. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
178
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 218. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
179
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 219. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.