76 constituyen presuntos hechos punibles, cometidos por los militares, no como un comportamiento aislado e individual, sino invocando, en forma ilegítima, el ejercicio institucional de la función militar desbordando injusta y desproporcionadamente el celoso confín de la Constitución y las leyes. Todo acto ilegal (e ilegítimo, como en nuestro caso) que en sus móviles o en su forma exceda clara y abiertamente la legalidad del servicio, o sea el nexo honesta y auténticamente causal, entraña, en consecuencia, un abuso o desviación de poder constitucionalmente ajeno al fuero 287 militar que debe ser juzgado por la justicia ordinaria . 320. En cuanto al proceso en contra del General Delgado Mallarino, el cual debía ser adelantado por la Corte Suprema de Justicia en razón del fuero especial que le asistía por su cargo, el Tribunal decretó la cesación de procedimiento con base en la prescripción de la acción penal el 7 de 288 febrero de 1991 . 321. Cabe señalar que en desarrollo del proceso radicado bajo el número 4119 en el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado contra varios miembros del M -19 fueron identificados los restos de Ana Rosa Castiblanco Torres, tras la exhumación de los restos inhumados en una fosa común ubicada en el Cementerio Sur de la ciudad de Bogotá. 322. Como señaló el Informe de la Comisión de la Verdad “[n]o obstante que desde la constitución del Tribunal Especial de Instrucción, en el mes de noviembre de 1985, los familiares de al menos 11 desaparecidos acudieron a diferentes despachos judiciales con el fin de esclarecer lo sucedido 289 con sus parientes” , solamente hasta el año 2001, a solicitud de los familiares de los desaparecidos la Fiscalía General de la Nación inició una investigación previa. Mediante resolución No. 0317 de 1º de agosto de 2001 se asignó la investigación preliminar a la Fiscalía Especializada Delegada ante el Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI), la cual avocó conocimiento del asunto, ordenó la apertura de la 290 investigación preliminar y dispuso la práctica de pruebas el 22 de agosto de 2001 . 323. En un principio la investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Séptima Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, destacada ante el CTI, y adscrita a la Unidad Nacional contra el Terrorismo, sin embargo mediante Resolución 3660 de 5 de octubre de 2005 el Fiscal General de la Nación, Mario Iguarán Arana, varió la asignación de la investigación y la destinó a la Unidad Nacional de 291 Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario . El 15 de noviembre de 2005 la Fiscalía 15 292 Especializada avocó conocimiento de la investigación y el 25 de noviembre de 2005 el Fiscal General profirió la Resolución 3954 mediante la cual, designó especialmente a la Doctora Ángela María Buitrago 293 Ruiz, Fiscal Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia . 287 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párrs. 16 y 17. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 288 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párr. 18. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 289 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párr. 24. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 290 Anexo 47. Fiscalía Especializada Delegada ante el CTI, Oficio No. FD-JPCE-CTI-NAL-0420-, Radicado 54.315, 28 de agosto de 2003. Anexo 15 al escrito de los peticionarios de 7 de mayo de 2010 recibido en la CIDH el 12 de mayo de 2010. 291 Anexo 48. Fiscalía General de la Nación, Resolución No. 0-3660 de 5 de octubre de 2005. Anexo 73 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008, recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008. 292 Anexo 49. Fiscalía General de la Nación, Rad. 2285 de 15 de noviembre de 2005. Anexo 74 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008, recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008. 293 Anexo 50. Fiscalía General de la Nación, Resolución No. 0-3954 de 25 de noviembre de 2005. Anexo 75 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008, recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008.

Select target paragraph3