68.
Todos estos elementos que permea el Tribunal Interamericano en su Sentencia son de
especial relevancia para un grupo social que, por muchos años, no encontró protección en los
principales instrumentos internacionales de derechos humanos. Además, no es casualidad que
los precedentes sobre personas mayores coincida con derechos de carácter social, toda vez
que en muchos de los casos, es este grupo en situación de vulnerabilidad —marcados con
frecuencia por la pobreza, marginación y exclusión— quienes se vean negados sus derechos
básicos. En este sentido “es necesario avanzar en la senda de la igualdad y en la construcción
de Estados de bienestar para toda la población, en los que la protección social sea un derecho
efectivo” 107.
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
107
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Panorama Social de América Latina, 2018
LC/PUB.2019/3-P, Santiago, 2019, p. 14.
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