37 99. El Diario Militar se refiere al caso de José Miguel Gudiel Álvarez con el número 9: “(s) ERNESTO ó MANUEL. Nombre falso: RIGOBERTO ALVAREZ TOBAR. Estudiante y reportero. Estuvo en el Frente Guerrillero No. 6 de donde se desertó. 22-09-83: Capturado en el Parque Isabel La Católica. Enviado a Coatepeque.” 100. La desaparición forzada de José Miguel Gudiel Álvarez, y el exilio forzado de su familia en México como resultado de la desaparición, afectaron profundamente a su núcleo familiar. Su padre79, explicó que la detención de su hijo afectó particularmente a la madre de José Miguel, quien nunca pudo superar el dolor de no saber qué pasó con su hijo. Los hijos menores de la familia Gudiel se vieron forzados a abandonar sus estudios para ayudar a la precaria economía familiar. Su hermana, Makrina Gudiel Álvarez, manifestó que sufre mucho al pensar en su hermano y recordó el terror experimentado por la familia al pensar en la “tortura que le estarían haciendo los militares, qué le hicieron decir (…), quién sería el próximo de la familia” en ser detenido. A su vez, explicó que no saber qué pasó con su hermano le causa mucha tristeza. “Rápido viene a nuestra memoria las torturas que pasó, seguro durante su cautiverio lloró mi hermano, pidió clemencia, pidió ayuda, pensó en cada uno de nosotros, su familia…”. Su hermana Beatriz Gudiel Álvarez, en tanto, señaló que su mayor esperanza es encontrar a su hermano. “Es triste no saber dónde dejaron sus restos, sólo quisiera saber dónde están sus huesos, para darle la honra que se merece80”. 101. La familia de la víctima, exiliada en México hasta 1997, no inició acciones a nivel interno porque temía ser asesinada o desaparecida81, pero sí efectuó presentaciones ante organizaciones humanitarias en Estados Unidos y ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en Ginebra82. 102. Con posterioridad a la divulgación del Diario Militar, en el año 1999, los familiares presentaron una denuncia ante la Asociación de familiares de DetenidosDesparecidos en Guatemala (en adelante, “FAMDEGUA”)83. 103. En relación con las investigaciones internas, el Estado informó que en 1999 se recibió una declaración testimonial, se solicitó información al Estado Mayor Presidencial, a la Municipalidad de Guatemala y a la Dirección General de Migración. En el año 2002, se solicitaron informes al Tribunal Supremo Electoral (en adelante, “TSE”) y a la Superintendencia de Administración Tributaria (en adelante, “SAT”). En el año 2006 se solicitó información a la USAC, a la Asociación de Periodistas de Guatemala, al Departamento de Tránsito, al SAT, a la Dirección General de Migración y se solicitó la certificación de la partida de nacimiento y del asiento de cédula de la víctima y de los familiares y se los citó para que brinden sus testimonios. En el año 2008 se entrevistó a la hermana (en dos oportunidades) y a la madre de la víctima y se solicitó información a la 79 Florentín Gudiel Ramos fue asesinado en Guatemala el 20 de diciembre de 2004. CIDH, Petición 142004 (Florentín Gudiel Ramos, Makrina Gudiel Alvarez). 80 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-C. Declaración de Florentín Gudiel Ramos del 11 de octubre de 2004; Anexo XXV-E. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez de 13 de octubre de 2004; y Anexo XXV-H. Declaración de Beatriz Gudiel Alvarez del 13 de octubre de 2004. 81 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-E. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez del 13 de octubre de 2004. 82 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-C. Declaración de Florentín Gudiel Ramos de 11 de octubre de 2004. 83 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-P. Ficha de información general de la víctima en FAMDEGUA. FAMDEGUA fue una de las primeras organizaciones de víctimas y familiares en impulsar la investigación sobre los hechos cometidos por las fuerzas estatales durante el conflicto interno. Igualmente, ver escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo II. Ficha de información de la víctima en FAMDEGUA. folio 2. Ver también escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo II. Declaración de Makrina Gudiel Alvarez ante el Ministerio Público de 8 de abril de 2008, folio 44.

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