-50Irregularmente (en adelante también, RNTCI)202. Adicionalmente, se creó una Comisión
Ejecutiva encargada de analizar los documentos probatorios presentados por los ex
trabajadores cuya renuncia fue coaccionada,203 y estableció un programa extraordinario de
acceso a beneficios para los ex trabajadores cuyos ceses colectivos habían sido
considerados como irregulares por las respectivas comisiones204. La Comisión Ejecutiva y el
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo han publicado listados que contienen los
nombres de los trabajadores comprendidos en los supuestos de ceses irregulares y de
renuncias bajo coacción. En este sentido, se expidieron cinco listados 205:
Primer listado
Segundo listado206
Tercer listado207
Cuarto listado
Quinto listado208
R.M. No. 347-2002-TR
R.M. No. 059-2003-TR
R.S. No. 034-2004-TR
R.S. No. 028-2009-TR
R.M. No. 142-2017-TR
22/12/2002
27/12/2003
02/10/2004
05/08/2009
17/08/2017
132. El 6 de julio de 2016, se emitió la Ley No. 30484 209, a través de la cual se reactivó la
Comisión Ejecutiva de la Ley No. 27803. Esta Ley dispone que se incorporará a los
beneficiarios que optaron por la reincorporación o reubicación laboral y que hasta la fecha
no han gozado de tal beneficio. Esta norma también contempla la posibilidad de que los
beneficiarios puedan cambiar de opción por la compensación económica o la jubilación
anticipada.
202
Artículos 3 y 4 de la Ley No. 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las
comisiones [especiales] creadas por las leyes No. 27452 y No. 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos
efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades
del Sector Público y Gobiernos Locales”, promulgada el 29 de julio de 2002 (expediente de prueba, trámite ante la
Comisión, folios 5124 al 5134).
203
Artículo 5 de la Ley No. 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones
[especiales] creadas por las leyes No. 27452 y No. 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en
las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector
Público y Gobiernos Locales”, promulgada el 29 de julio de 2002, (expediente de prueba, trámite ante la Comisión,
folios 5124 al 5134).
204
Artículo 2 de la Ley No. 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones
[especiales] creadas por las leyes No. 27452 y No. 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en
las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector
Público y Gobiernos Locales”, promulgada el 29 de julio de 2002 (expediente de prueba, trámite ante la Comisión,
folios 5124 al 5134).
205
Los
listados
están
disponibles
en
www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=196&tip=195.
(Expediente de prueba, anexo 43 del informe de fondo de la CIDH).
206
“Segundo listado de ex trabajadores cesados irregularmente de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes Nos.
27452, 27586 y 27803”. Aprobado por Resolución Ministerial No. 059-2003-TR, publicada en el Diario Oficial “El
Peruano”, el 27 de marzo de 2003 (expediente de prueba, trámite ante la Comisión, folios 1443 al 1446).
207
“Última lista de ex trabajadores que deben ser inscritos en el Registro de Trabajadores Cesados
Irregularmente”. Aprobada por la Resolución Suprema No. 034 – 2004- TR (expediente de prueba, trámite ante la
Comisión, folios 3786 al 3788).
208
“Última lista de ex trabajadores que, conforme a las atribuciones de la Comisión Ejecutiva creada por la
Ley N° 27803 y reactivada por la Ley N° 30484, deben ser inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores
Cesados Irregularmente”. Aprobada por resolución Ministerial N° 142-2017-TR, publicada en el Diario Oficial “El
Peruano” 17 de agosto de 2017. Disponible en www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=196&tip=195
(expediente de prueba, anexo 43 del informe de fondo de la CIDH).
209
Ley N° 30484 “Ley de reactivación de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803, Ley que
implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N°27586,
encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción
de la inversión privada y en las entidades del sector público y gobierno locales”, publicada en el Diario Oficial “El
Peruano” el 6 de julio de 2016 (expediente de prueba, Anexo 12 al escrito de alegatos finales de la representante
Loayza Tamayo, folios 24151 al 24153).