26.
Teniendo en cuenta los argumentos invocados por la Corte para establecer la
responsabilidad estatal ante la alegada violación del deber de adoptar disposiciones de
derecho interno, en los siguientes apartados expondremos las razones por las que
creemos que, en el caso concreto, no se configura la responsabilidad internacional por
la alegada violación del artículo 2 de la Convención.
III. Consideraciones previas sobre el artículo 2 de la Convención Americana
27. El artículo 2 de la Convención Americana dispone lo siguiente:
“Si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya
garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados Partes se comprometen
a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta
Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos
tales derechos y libertades”.
28.
Tal como ha señalado la jurisprudencia constante de este Tribunal, en el derecho
de gentes, una norma consuetudinaria, caracterizada por su aceptación universal,
prescribe que un Estado que ha ratificado un tratado de derechos humanos debe
introducir en su derecho interno las modificaciones necesarias para asegurar el fiel
cumplimiento de las obligaciones asumidas 14. En tal contexto, la Convención Americana
establece la obligación general de cada Estado Parte de adecuar su derecho interno a las
disposiciones de dicha Convención, para garantizar los derechos en ella establecidos.
Como lo ha señalado la Corte, este deber general del Estado Parte implica que las
medidas de derecho interno han de ser efectivas (principio del effet utile), lo que significa
que el Estado ha de adoptar todas las medidas para que lo establecido en la Convención
sea efectivamente cumplido en su ordenamiento jurídico interno, tal como lo requiere el
artículo 2 de la Convención 15.
14
Cfr. Caso "La Última Tentación de Cristo" (Olmedo Bustos y otros) Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 5 de febrero de 2001. Serie C No. 73, párr. 87; Caso Barrios Altos Vs. Perú. Interpretación de la
Sentencia de Fondo. Sentencia de 3 de septiembre de 2001. Serie C No. 83, párr. 17; Caso Trujillo Oroza Vs.
Bolivia. Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de febrero de 2002. Serie C No. 92, párr. 96; Caso Hilaire,
Constantine y Benjamin y otros Vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de
junio de 2002. Serie C No. 94, párr. 213; Caso Cantos Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 28 de noviembre de 2002. Serie C No. 97, párr. 59; Caso "Cinco Pensionistas" Vs. Perú. Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de febrero de 2003. Serie C No. 98, párr. 164; Caso Bulacio Vs.
Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 18 de septiembre de 2003. Serie C No. 100, párr. 140;
Caso Lori Berenson Mejía Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2004.
Serie C No. 119, párr. 220; Caso La Cantuta Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de
noviembre de 2006. Serie C No. 162, párr. 170; Caso Radilla Pacheco Vs. México. Excepciones Preliminares,
Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de noviembre de 2009. Serie C No. 209, párr. 288.
15
Cfr. Caso "La Última Tentación de Cristo" (Olmedo Bustos y otros) Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 5 de febrero de 2001. Serie C No. 73, párrs. 85-87; Caso Durand y Ugarte Vs. Perú. Fondo.
Sentencia de 16 de agosto de 2000. Serie C No. 68, párr. 137; Caso Trujillo Oroza Vs. Bolivia. Reparaciones
y Costas. Sentencia de 27 de febrero de 2002. Serie C No. 92, párr. 96; Caso Hilaire, Constantine y Benjamin
y otros Vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de junio de 2002. Serie C No.
94, párr. 112; Caso "Cinco Pensionistas" Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de febrero
de 2003. Serie C No. 98, párr. 164; Caso Bulacio Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de
18 de septiembre de 2003. Serie C No. 100, párr. 140; Caso Lori Berenson Mejía Vs. Perú. Fondo, Reparaciones
y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2004. Serie C No. 119, párr. 220; Caso Yatama Vs. Nicaragua.
Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de junio de 2005. Serie C No. 127,
párr. 170; Caso Gómez Palomino Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de
2005. Serie C No. 136, párr. 91; Caso La Cantuta Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29
de noviembre de 2006. Serie C No. 162, párr. 170; Caso Heliodoro Portugal Vs. Panamá. Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 12 de agosto de 2008. Serie C No. 186, párr. 179;
Caso Radilla Pacheco Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23
de noviembre de 2009. Serie C No. 209, párr. 288; Caso Cabrera García y Montiel Flores Vs. México. Excepción
Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de noviembre de 2010. Serie C No. 220, párr. 206;
Caso Nadege Dorzema y otros Vs. República Dominicana. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de
octubre de 2012. Serie C No. 251, párr. 216; Caso de Personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs.
República Dominicana. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto
5