- 20 Información Sumaria investigativa67.
C. Proceso disciplinario de información sumaria
C.1 El procedimiento de información sumaria y los órganos que intervienen en
su tramitación
62. De acuerdo al previamente referido Reglamento de Disciplina Militar, las faltas atentatorias
eran sancionadas por Consejos de Disciplina o mediante información sumaria. Asimismo, dicho
Reglamento disponía que cuando un oficial conociera de la comisión de una falta atentatoria, debía
elevar el parte al Comandante de la unidad a la cual perteneciera el infractor, a fin de que
dispusiera la conformación inmediata del Consejo de Disciplina. Sin embargo, “[d]e acuerdo a la
naturaleza de la falta, dicho Comandante pod[ía] solicitar, por los canales respectivos, que el juez
de instrucción de la Zona Jurisdiccional inici[ara] la correspondiente información sumaria”68. El
procedimiento de información sumaria es un procedimiento administrativo regulado en el
Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias en las Fuerzas Armadas 69. El artículo 2
del citado Reglamento indica que:
Art. 2.- Propósito de la información sumaria.- La información sumaria es un procedimiento
administrativo, tendiente a establecer la verdad sobre un hecho y determinar las consecuencias
jurídicas del mismo, sea que se trate de establecer las circunstancias y responsabilidades de un
siniestro, pérdida o baja de bienes del Estado, conducta profesional o disciplinaria del personal
de las Fuerzas Armadas o en general justificar hechos de cuyo resultado se establezcan efectos
que interesen a la Institución Armada. La justificación de los hechos se efectuará por los medios
probatorios señalados en la ley70.
63. De conformidad con la Ley Orgánica del Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas,
corresponde a los Jueces de Instrucción Militar tramitar las informaciones sumarias que le fueran
encomendadas por el Comando de la Zona correspondiente a su jurisdicción 71. No obstante, “la
parte resolutiva, por vía administrativa, dentro de la cadena de mando, corresponde a los
Comandantes de Zona o Brigada de la respectiva juri[s]dicción”72, a quienes se les denomina
“Jueces de Derecho” en el marco del procedimiento.
64. El procedimiento de información sumaria inicia con un auto inicial, el cual puede tener como
antecedente, entre otros, un memorando de la autoridad militar superior solicitando la apertura de
67
Reglamento de Disciplina Militar de 1998 (expediente de fondo, folio 676).
68
Artículos 78 y 87 del Reglamento de Disciplina Militar de 1998 (expediente de fondo, folios 671 y 672).
69
Cfr. Resolución del Juzgado de Derecho de la Cuarta Zona Militar de 17 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio
2581). De acuerdo a la información disponible y por la fecha en que fue adelantada la información sumaria de investigación
al señor Flor Freire, se desprende que la norma aplicada en el presente caso fue el Reglamento para la tramitación de
Informaciones Sumarias de las Fuerzas Armadas, contenido en el Acuerdo Ministerial 1046, publicado en la Orden General
Ministerial No. 01 de 1 de enero de 1994 (en adelante “Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de
1994”) (expediente de prueba, folio 1443). Este Reglamento fue posteriormente sustituido por un nuevo Reglamento de
tramitación de informaciones sumarias aprobado mediante Acuerdo No. 1088 del Ministro de Defensa Nacional y publicado
en la Orden General Ministerial No. 200 de 30 de octubre de 2002 (expediente de prueba, folios 1430 a 1432).
70
71
Artículo 2 del Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994 (expediente de prueba, folio 1443).
El artículo 36.b de la Ley Orgánica del
deberes de los Jueces de Instrucción, dentro
sumarias que le fueren encomendadas por el
ordene la superioridad militar”. Ley Orgánica
2484 y 2485). Ver también, el artículo 3
(expediente de prueba, folios 1443 y 1444).
72
Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas establecía: “Son atribuciones y
de su respectiva circunscripción territorial: […] b) Tramitar las informaciones
Comando de Zona, y los sumarios, diligencias y más trabajos jurídicos que le
del Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas (expediente de prueba, folios
del Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994
Artículo 3 del Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994 (expediente de prueba, folio 1444).