truncada por la intervención del Ministerio Público, que solicitó la clausura del caso. La decisión de clausura del caso, dictada por el Tribunal de Apelaciones el 19 de octubre de 2005, dio por terminadas oficialmente las actuaciones internas en este asunto. En lo que respecta a la decisión del Tribunal de Apelaciones, a los abogados del Sr. Gelman no se les dio acceso a ella para impugnarla o promover su modificación. B. Posición del Estado 20. El Estado, en su respuesta a la petición fechada el 20 de septiembre de 2006 señaló que no había violado los derechos alegados por los peticionarios en lo que respecta a las supuestas víctimas María Claudia Gelman, María Macarena Gelman y Juan Gelman. Señaló que a la fecha en que el Presidente Tabaré Vásquez asumió su cargo se había venido realizando un amplio e intenso proceso de investigación en relación con este caso. El Estado señaló que había estado investigando activamente la desaparición de María Claudia Gelman y que ocho oficiales (6 militares y dos policías) habían sido imputados de participar en las operaciones del denominado “Plan Cóndor”, entre las cuales se destacaba la desaparición de María Claudia Gelman. Como se señaló, el Estado no alegó específicamente la falta de agotamiento de los recursos internos, pero en la práctica el contenido de su respuesta equivalió a la aseveración de que los recursos internos aún no se habían agotado. 21. La investigación, según el Estado, comenzó con la búsqueda realizada por el abuelo de María Macarena, el poeta argentino Juan Gelman, quien recibió apoyo y asistencia de la Comisión para la Paz, creada en abril de 2003 en Uruguay, para determinar la situación de los detenidos-desaparecidos durante el gobierno militar (1973-1985). La Comisión se creó para recoger información en forma confidencial y voluntaria, y en ella cumplió un papel fundamental la organización de Madres y Familiares de Desaparecidos. La Comisión para la Paz confirmó hechos relativos a la detención de María Claudia Gelman, a su traslado a un centro de detención en Uruguay estando embarazada, al nacimiento y al secuestro de su hija y al ulterior asesinato de la madre. 22. María Macarena Gelman fue ubicada en febrero de 2000. Juan Gelman solicitó la intermediación del Obispo de San José, Monseñor Pablo Galimberti, quien se puso en contacto con la Sra. Tauriño y le explicó la situación. El 31 de marzo de 2000 el Sr. Gelman y su esposa se reunieron privadamente con María Macarena en Montevideo. Ella accedió a una prueba de ADN, y se restableció su identidad varios meses después. El Estado ha venido tratando de aclarar los hechos y localizar los restos de su madre desaparecida, así como las circunstancias de su secuestro y de la apropiación de su hija. La seriedad de esta investigación y la determinación de descubrir la verdad sobre esos hechos son, según el Estado, compromisos que este Gobierno considera imperativos. 23. El Estado informó a la Comisión que el Dr. Gonzalo Fernández, Secretario de la Presidencia, había asumido la representación judicial de los abuelos, y que actuaba como abogado de los mismos. En consecuencia, María Macarena logró obtener una sentencia judicial que le restituyó su identidad real, que se registró en debida forma en el Registro del Estado Civil. 24. El 1 de marzo de 2005, cuando el Presidente Tabaré Vásquez asumió su cargo, declaró en su discurso inaugural que el caso Gelman había sido excluido del alcance de la Ley 15.848, la Ley de Amnistía. El Estado explicó asimismo que eso significaba que en el caso Gelman no podía invocarse la protección de la ley que exoneró a los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía del procesamiento penal por delitos cometidos durante el régimen militar por razones políticas, en cumplimiento de sus funciones o en acatamiento de órdenes superiores. Al mismo tiempo el Estado señaló que el Presidente había dado a conocer la decisión de comenzar inmediatamente una investigación para agotar la búsqueda de los ciudadanos detenidosdesaparecidos, en cuyo contexto la localización de los restos de María Claudia Gelman constituía un aspecto central. 25. En este contexto, según explicó el Estado, el nuevo Gobierno entendió que la Ley de Amnistía estaba vigente y que debía cumplir la obligación legal, moralmente trascendente, 6

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents