-9del Tribunal Supremo Electoral (en adelante “TSE”) mediante decreto de la Asamblea
Legislativa25.
26. El señor Colindres Schonenberg fue uno de los tres magistrados que, conforme al
procedimiento constitucional, debía ser elegido de una de las ternas de los partidos políticos
o coaliciones legales que hubieran obtenido mayor número de votos en la última elección
presidencial (supra párr. 20). El señor Colindres Schonenberg fue electo en la terna
presentada por el Partido Demócrata Cristiano (en adelante “PDC”)26. Su mandato terminaba
el 30 de julio de 199927.
27. En 1996 surgió una disputa referente a quién era el legítimo Secretario General del
PDC28. El TSE tuvo que dirimir dicha disputa29. Miembros del PDC cuestionaron el actuar del
señor Colindres Schonenberg ante este conflicto30.
28. El 21 de noviembre de 1996 miembros del PDC solicitaron la destitución del señor
Colindres Schonenberg31. Al día siguiente la Asamblea Legislativa resolvió por medio de un
decreto legislativo hacer cesar como magistrado del TSE al señor Colindres Schonenberg32. El
decreto señalaba:
Que el período de elección [de cinco años], no significa en manera alguna, que dichos
funcionarios no puedan ser removidos de sus cargos si algunos de éstos dejare de reunir
los requisitos que para ser Magistrados del Tribunal Supremo Electoral, [que] establece el
Art. 60 del Código Electoral; lo que viene a constituir una causa justa y legal, para que el
Magistrado que dejare de reunir esos requisitos, sea separado de su cargo antes del
vencimiento del período para el que fue electo[;]
Que la actuación del doctor Eduardo Benjamín Colindres como Magistrado Propietario del
[TSE] ha causado malestar general en los organismos de la Administración Pública
obstaculizando la buena marcha del mismo, no respondiendo a las necesidades y exigencias
que la dinámica administrativa demanda de ese Tribunal, agravándose al carecer de
instrucción notoria y honradez en el desempeño de su cargo, al parcializar su actuación en
su calidad de juzgador, en la problemática interna del Partido Demócrata Cristiano y no
Cfr. Diario Oficial de la República de El Salvador, Decreto Legislativo 102 de 29 de Agosto 1994 (expediente
de prueba, folio 11).
26
Cfr. Declaración de Eduardo Colindres Schonenberg rendida en la Audiencia Pública; Artículo periodístico
publicado en el diario “El Mundo” el 22 de noviembre de 1996, titulada ��Destituyen a Colindres” (expediente de
prueba, folio 1317), y Artículo periodístico publicado en el diario "El Mundo" el 28 de noviembre de 1996, titulada
“Destitución de Colindres es ‘terrorismo’” (expediente de prueba, folio 1322).
27
Cfr. Artículo periodístico publicado en el diario "La Prensa Gráfica" el 8 de noviembre de 1997, titulada
“Colindres restituido en TSE” (expediente de prueba, folio 1289).
28
Cfr. Artículo periodístico publicado en el diario "La Prensa Gráfica" el 2 de noviembre de 1996, titulada
“Magistrado se abstendrá de conocer conflicto en PDC” (expediente de prueba, folio 1283); Artículo periodístico
publicado en el diario "Co Latino" el 10 de noviembre de 1997, titulada "Colindres reformará algunos procesos del
TSE" (expediente de prueba, folio 1253), y Artículo periodístico publicado en el diario "Co Latino" el 8 de noviembre
de 1997, titulada “Vuelve Colindres al TSE” (expediente de prueba, folio 1251).
29
Cfr. Artículo periodístico publicado en el diario "La Prensa Gráfica" el 2 de noviembre de 1996, titulada
“Magistrado se abstendrá de conocer conflicto en PDC” (expediente de prueba, folio 1283).
30
Cfr. Artículo periodístico publicado en el diario “El Mundo” el 22 de noviembre de 1996, titulada “Destituyen a
Colindres” (expediente de prueba, folio 1317), y Artículo periodístico publicado en el diario "El Mundo" el 28 de
noviembre de 1997, titulada “Destitución de Colindres es ‘terrorismo’” (expediente de prueba, folio 1322).
31
Cfr. Declaración de Eduardo Colindres Schonenberg rendida en la Audiencia Pública; Artículo periodístico
publicado en el diario “El Diario de Hoy" el 22 de noviembre de 1996, titulada “PDC pide destitución de Colindres”
(expediente de prueba, folio 1273); Artículo periodístico publicado en el diario “La Prensa Gráfica” el 24 de noviembre
de 1996, titulada “Tres grupos disputan supremacía del partido” (expediente de prueba, folio 1304), y Artículo
periodístico publicado en el diario “La Prensa Gráfica” el 11 de diciembre de 1996, titulada “Corte Suprema ampara a
magistrado TSE” (expediente de prueba, folio 1296).
32
Cfr. Decreto Legislativo 899 de 22 de Noviembre de 1996 (expediente de prueba, folio 39), y Declaración de
Eduardo Colindres Schonenberg rendida en la Audiencia Pública.
25