25 119. Asimismo, la familia Fils-Aime vive en condiciones precarias en Anse-à-Pitre, Haití, en una vivienda precaria de dos cuartos, del conjunto de diez casas construidas para las familias refugiadas, por el Grupo de Apoyo para Personas Repatriadas y Refugiados. El Sr. Fils-Aime y la Sra. Midi no poseían ingresos suficientes para alimentar a sus hijos, quienes habrían dejado de asistir a la 92 escuela por motivos económicos . 120. De la misma manera, luego de su expulsión, el señor Gelin vive en Anse-à-Pitre, Haití, con su compañera Gillie y sus tres hijos Jameson Gelin, Kenson Gelin y Faica Gelin, en una casa 93 precaria construida por el Grupo de Apoyo para Personas Repatriadas y Refugiados . Con posterioridad a una presunta agresión sufrida el 6 de julio de 2010, el Sr. Gelin residiría actualmente en Santo 94 Domingo, República Dominicana . 121. Respecto de la señora Sra. Nolasco estaba trabajando para una compañía que produce combustible, pero no recibía su sueldo completo por carecer de cédula dominicana. Reyita Antonia Sensión tuvo un hijo nacido el 27 de noviembre de 2007, pero no lo habría podido registrar. Asimismo, Reyita Antonia Sensión estaría siendo investigada por las autoridades del registro civil y le requerirían que compruebe que su madre, al momento de su nacimiento, poseía residencia legal. Reyita Antonia Sensión habría tenido que abandonar sus estudios y realizaría faenas domésticas. Ana Lidia Sensión tuvo una niña nacida el 13 de julio del 2007, que tampoco habría podido registrar, lo que habría obstaculizado la obtención de tratamiento médico para su hija. También habría abandonado los 95 estudios . Actualmente, la Sra. Nolasco vive con hija Ana Lidia y sus nietas Ana Dileidy y Analideire en Boca Chica, Santo Domingo del Este. Reyita Sensión vive en el Batey Mata Mamtón, Santo Domingo del 96 Norte, con su esposo y su hijo Emiliano . 122. Desde la expulsión, el Sr. Jean y su familia vivieron en Fonds-Parisien, sin poder encontrar el empleo. La familia vivía en condiciones muy pobres y sobrevivía gracias a la comida que le 97 proveía el GARR . Desde el año 2011, la familia se trasladó al batey de Villa Faro, República 98 Dominicana donde reside actualmente . 123. Por último, la Comisión entiende que, de conformidad con la información proporcionada por los peticionarios, los familiares de las presuntas víctimas de este caso serían: Carmen Méndez, Aíta Méndez, Domingo Méndez, Rosa Méndez, José Méndez, Teresa Méndez, Carolina Fils-Aime, Kimberly Pérez Medina, William Gelin, Gili Sainlis, Jamson Gelin, Faica Gelin, Kenson Gelin, Ana Dileidy Sensión, Maximiliano Sensión (fallecido), Emiliano Mache Sensión, Analideire Sensión, Jessica Jean, Víctor 92 Anexo 5. Observaciones sobre el fondo presentadas por los peticionarios el 16 de abril de 2009. Anexo 42. Informe presentado por los representantes en las Medidas Provisionales ordenadas por la Corte I.D.H. en el Asunto de haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana. 93 Anexo 5. Observaciones sobre el fondo presentadas por los peticionarios el 16 de abril de 2009. 94 Anexo 43. Observaciones de los representantes en relación con el cumplimiento de las Medidas Provisionales ordenadas por la Corte I.D.H. en el Asunto de haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana, de 16 de marzo de 2010. Anexo 42. Informe presentado por los representantes en las Medidas Provisionales ordenadas por la Corte I.D.H. en el Asunto de haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana. 95 Anexo 5. Observaciones sobre el fondo presentadas por los peticionarios el 16 de abril de 2009. 96 Anexo 42. Informe presentado por los representantes en las Medidas Provisionales ordenadas por la Corte I.D.H. en el Asunto de haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana. 97 Anexo 39. Declaración de Victor Jean ante la Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Columbia de 11 de enero de 2001. Anexo al escrito de los peticionarios de 30 de enero de 2002. Declaración de Marlene Mesidor ante la Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Columbia de 11 de enero de 2001. Anexo al escrito de los peticionarios de 30 de enero de 2002. 98 Anexo 42. Informe presentado por los representantes en las Medidas Provisionales ordenadas por la Corte I.D.H. en el Asunto de haitianos y dominicanos de origen haitiano en la República Dominicana, de 1 de febrero de 2012.

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