11
derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter, el
elenco de garantías mínimas establecido en el numeral 2 del mismo precepto se
aplica también a esos órdenes y, por ende, en ese tipo de materias el individuo tiene
también el derecho, en general, al debido proceso que se aplica en materia penal.
71. De conformidad con la separación de los poderes públicos que existe en el Estado
de Derecho, si bien la función jurisdiccional compete eminentemente al Poder
Judicial, otros órganos o autoridades públicas pueden ejercer funciones del mismo
tipo. Es decir, que cuando la Convención se refiere al derecho de toda persona a ser
oída por un “juez o tribunal competente” para la “determinación de sus derechos”,
esta expresión se refiere a cualquier autoridad pública, sea administrativa, legislativa
o judicial, que a través de sus resoluciones determine derechos y obligaciones de las
personas. Por la razón mencionada, esta Corte considera que cualquier órgano del
Estado que ejerza funciones de carácter materialmente jurisdiccional, tiene la
obligación de adoptar resoluciones apegadas a las garantías del debido proceso legal
en los términos del artículo 8 de la Convención Americana.
[...]
75. Esta Corte considera necesario que se garantice la independencia de cualquier
juez en un Estado de Derecho y, en especial, la del juez constitucional en razón de
la naturaleza de los asuntos sometidos a su conocimiento. Como lo señalara la
Corte Europea, la independencia de cualquier juez supone que se cuente con un
adecuado proceso de nombramiento, con una duración establecida en el cargo y
con una garantía contra presiones externas.
[...]
77. En cuanto al ejercicio de las atribuciones del Congreso para llevar a cabo un
juicio político, del que derivará la responsabilidad de un funcionario público, la
Corte estima necesario recordar que toda persona sujeta a juicio de cualquier
naturaleza ante un órgano del Estado deberá́ contar con la garantía de que dicho
órgano sea competente, independiente e imparcial y actúe en los términos del
procedimiento legalmente previsto para el conocimiento y la resolución del caso que
59
se le somete . (Subrayado añadido).
27.
De igual manera, este Tribunal Interamericano estableció lo siguiente en el Caso
Baena Ricardo y otros Vs. Panamá60:
125. La Corte observa que el elenco de garantías mínimas establecido en el
numeral 2 del artículo 8 de la Convención se aplica a los órdenes mencionados en el
numeral 1 del mismo artículo, o sea, la determinación de derechos y obligaciones
de orden “civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”. Esto revela el amplio
alcance del debido proceso; el individuo tiene el derecho al debido proceso
entendido en los términos del artículo 8.1 y 8.2, tanto en materia penal como en
todos estos otros órdenes.
126. En cualquier materia, inclusive en la laboral y la administrativa, la
discrecionalidad de la administración tiene límites infranqueables, siendo uno de
ellos el respeto de los derechos humanos. Es importante que la actuación de la
administración se encuentre regulada, y ésta no puede invocar el orden público
para reducir discrecionalmente las garantías de los administrados. Por ejemplo, no
puede la administración dictar actos administrativos sancionatorios sin otorgar a los
sancionados la garantía del debido proceso.
59
Caso del Tribunal Constitucional Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de enero de
2001. Serie C No. 71.
60
Caso Ricardo Baena y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de febrero de
2001. Serie C No. 72.