III.
POSICIONES DE LAS PARTES
A.
Posición de los peticionarios
8. Los peticionarios alegan que hacia mediados del mes de julio de 1997 miembros del Ejército
Nacional colombiano, incluyendo oficiales de alto rango a cargo de las unidades militares
apostadas en el lugar, permitieron de manera deliberada que cerca de un centenar de
miembros de las AUC arribaran por vía aérea y fluvial al municipio de Mapiripán, Departamento
del Meta, y movilizaron a las fuerzas militares hacia otras localidades con el fin de que las
fuerzas paramilitares contaran con entera libertad para aterrorizar y masacrar a la población
civil.
9. Los alegatos de hecho de los peticionarios, respaldados por documentos oficiales, señalan
que al momento de los hechos la localidad de Mapiripán se encontraba bajo el control y
protección del Batallón Joaquín Paris de San José del Guaviare, al mando del Coronel Carlos
Eduardo Avila Beltrán, adscrito a la VII Brigada bajo el mando del General Jaime Humberto
Uscátegui Ramírez. A pesar de constituir un lugar crítico por su situación de orden público, 1
entre principios y mediados de julio de 1997 la VII Brigada coordinó la movilización del
Batallón Joaquín Paris hacia las localidades de Calamar, El Retorno y Puerto Concordia. Como
consecuencia, las poblaciones de San José del Guaviare y Mapiripán quedaron sin protección
militar.2
10. Los peticionarios alegan que el 12 de julio de 1997 miembros de las AUC aterrizaron en
San José del Guaviare una serie de vuelos irregulares procedentes de Neclocí y Apartadó. Los
pasajeros fueron recogidos en la pista del aeropuerto, junto a sus pertrechos, como si se
tratara de una operación militar y sin que se practicara ningún tipo de control, a pesar de la
presencia permanente de una base de policía antinarcóticos en el lugar.3 Cabe señalar que uno
de los aviones habría transportado carga destinada a miembros del Ejército. 4
11. En su recorrido de San José del Guaviare a Mapiripán, el grupo paramilitar habría
transitado por áreas de entrenamiento de las tropas de la Brigada Móvil 2, al mando del
Coronel Lino Hernando Sánchez Prado, concretamente el sitio conocido como “El Barrancón”,
sin haber sido cuestionado o detenido por las fuerzas militares. Finalmente los paramilitares
entraron a Mapiripán el 15 de julio de 1997 por vía terrestre y fluvial.
12. Los peticionarios alegan que durante los cinco días que siguieron, los paramilitares
aterrorizaron a la población del lugar y torturaron y asesinaron a miembros de la comunidad
de manera brutal. Tras ser desmembrados, desvicerados y degollados, los cuerpos de las
víctimas fueron arrojadas al río Guaviare. Como consecuencia, las autoridades judiciales se
habrían visto impedidas de determinar el número exacto de decesos.
1 Testimonios del Juez de la localidad, Leonardo Iván Cortés Novoa y el Coronel Mauricio Hernán Martínez,
Comandante de la VII Brigada, citados por la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la
Nación en su pronunciamiento de fecha 21 de junio de 1999 con relación a la colisión de competencia positiva
promovida por el Comandante del Ejército Nacional en los radicados UDH 244 y 443 con relación al Brigadier General
Jaime Humberto Uscátegui y cuatro oficiales más del Ejército Nacional colombiano.
2 Testimonios del Coronel Lino Hernando Sánchez Prado y el Mayor Hernán Orozco Castro, citados por la Unidad
Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación en su pronunciamiento de fecha 21 de junio de
1999 con relación a la colisión de competencia positiva promovida por el Comandante del Ejército Nacional en los
radicados UDH 244 y 443 con relación al Brigadier General Jaime Humberto Uscátegui y cuatro oficiales más del
Ejército Nacional colombiano.
3 Testimonios del Sargento José Miller Ureña Díaz y del Cabo Leonardo Montoya Rubiano, citados por la Unidad
Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación en su pronunciamiento de fecha 21 de junio de
1999 con relación a la colisión de competencia positiva promovida por el Comandante del Ejército Nacional en los
radicados UDH 244 y 443 con relación al Brigadier General Jaime Humberto Uscátegui y cuatro oficiales más del
Ejército Nacional colombiano.
4 Los peticionarios indican que “en uno de los aviones (DC 3993P) utilizados para el transporte del grupo paramilitar
desde Urabá [..] fue olvidado un extraño paquete cuyos destinatarios eran un Coronel y un General del Ejército de la
región y que unos suboficiales trataron afanosa y desesperadamente de recuperar en la torre de control. Esto se
demuestra con el testimonio del controlador del aeropuerto de San José y del controlador del aeropuerto de
Villavicencio y con la transcripción de las comunicaciones radiales de estos funcionarios entre sí”. Comunicación del 6
de octubre de 1999.
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