B.3. Consideraciones generales sobre accesibilidad y conservación de la
documentación emanada de actividades de inteligencia
232. El acceso a la información clasificada, su correcto archivo y conservación son
elementos esenciales para garantizar el derecho a la verdad (infra, párrs. 263 a 269) y
para combatir la impunidad. De esta forma, Louis Joinet, relator especial de Naciones
Unidas, presentó en 1997 un conjunto de Principios para combatir la Impunidad 278, en
donde se indica que “el derecho a saber implica la necesidad de preservar los archivos”.
De la misma manera, la Comisión de Derechos Humanos, en una resolución sobre el
derecho a la verdad, indicó que está “[c]onvencida de que los Estados debe[n] preservar
los archivos y otras pruebas relativos a violaciones manifiestas de los derechos humanos
y violaciones graves del derecho internacional humanitario para facilitar el conocimiento
de tales violaciones, investigar las denuncias y proporcionar a las víctimas acceso a un
recurso efectivo de conformidad con el derecho internacional” 279.
233. De la misma manera, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos, presentó en el 2007 un Informe sobre el derecho a la verdad en
donde destacó la importancia del acceso y el archivo de la información relativa a las
violaciones sobre derechos humanos. Al respecto indicó:
Los archivos sobre violaciones de los derechos humanos, destinados originalmente a
respaldar regímenes represivos de toda índole, son esenciales para la reparación de
los daños sufridos por las víctimas de la represión y para el procesamiento de los
responsables de las atrocidades cometidas. Esos archivos tienen un valor intrínseco
directo para el ejercicio de los derechos de las víctimas, la actividad de los tribunales
y los mecanismos extrajudiciales encargados del esclarecimiento de los hechos, y la
preservación de la memoria y la historia. La cuestión de los archivos está íntimamente
ligada al derecho a la información, el derecho fundamental de todas las personas a
acceder a la información que les concierne y figura en los expedientes que reposan
en archivos públicos 280.
derecho a la privacidad en la era digital, A/RES/71/199, 25 de enero de 2017, párr. 5.d, disponible en:
https://documents.un.org/doc/undoc/gen/n16/455/37/pdf/n1645537.pdf?token=WI3NTNJFjM5WW62VT6&fe
=true; Naciones Unidas. Consejo de Derechos Humanos. Informe del Relator Especial sobre el derecho a la
privacidad, A/HRC/34/60, 6 de septiembre de 2017, párrs. 38 y 39, disponible en:
https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g17/260/57/pdf/g1726057.pdf?token=SidUOKybvVsJOjg1z0&fe=t
rue; Naciones Unidas. Consejo de Derechos Humanos. Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos, El derecho a la privacidad en la era digital, Doc. A/HRC/39/29, 3 de agosto de
2018,
párr.
35,
disponible
en:
https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g18/239/61/pdf/g1823961.pdf?token=jGv5DAELHwKDkuIQSr&fe
=true; Naciones Unidas. Informe del Relator Especial sobre el derecho a la privacidad, Joseph A. Cannataci,
A/75/147,
27
de
julio
de
2020,
párr.
43,
disponible
en:
https://documents.un.org/doc/undoc/gen/n20/195/63/pdf/n2019563.pdf?token=xmekmLqlqzIzexyCCg&fe=t
rue, y Naciones Unidas. Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2020,
A/RES/75/176, párr. 7.d. Véase, Principios de Tshwane, Principios 31 y 32.
278
Naciones Unidas. Consejo Económico y Social, Informe final revisado acerca de la cuestión de la
impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos (derechos civiles y políticos) preparado por
el Sr. L. Joinet de conformidad con la Resolución 1996/119 de la Subcomisión, E/CN.4/Sub.2/1997/20/Rev.1,
2
de
octubre
de
1997,
disponible
en:
https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g97/141/45/pdf/g9714145.pdf?token=0pW49hHOpcbFZksy1A&fe
=true.
279
Naciones Unidas. Comisión de Derechos Humanos. Resolución 2005/66 sobre el derecho a la verdad de
20 de abril de 2005, disponible en: https://ap.ohchr.org/documents/S/CHR/resolutions/E-CN_4-RES-200566.doc.
280
Naciones Unidas. Comisión de Derechos Humanos. Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, El derecho a la verdad, A/HRC/5/7, 7 de junio de 2007, párr.
58,
disponible
en:
74