67. El 7 de julio de 2007 las víctimas rindieron declaración preparatoria y se les dictó un nuevo auto formal de prisión. 68. El 20 de agosto de 2007 se acumularon los dos procesos penales (por el delito establecido en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en la modalidad de terrorismo y el de cohecho). Ello debido “a que del material probatorio obtenido y analizado en ese momento se demostró que existía relación entre las causas” 53. 69. El 14 de mayo de 2008 el Juez Décimo Segundo de Distrito emitió una sentencia condenatoria en contra de las víctimas por los siguientes delitos: a) violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, con la finalidad de cometer terrorismo, y b) cohecho. El Juez los condenó a una pena de cuatro años por el primer delito y tres meses por el segundo delito 54. 70. La Corte advierte que varias diligencias fueron llevadas a cabo por el Juzgado Décimo de Distrito en el estado de Veracruz. Entre mayo y agosto de 2007, se tomaron y analizaron varias declaraciones testimoniales, se realizaron estudios de los peritajes en materia de grafoscopía y caligrafía, criminalística, muestra de números y firmas que fueron materia de cotejo, así como las fotografías de la escritura de cotejo cuestionada, se analizaron las ampliaciones de dictámenes, entre otras diligencias. 71. El 16 de octubre de 2008, frente al recurso de apelación interpuesto, el Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, emitió una sentencia en donde absolvió a las víctimas del delito de violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada en la modalidad de terrorismo. Asimismo, se confirmó la condena por el delito de cohecho. El Tribunal consideró que la pena por cohecho se encontraba compurgada por lo que ordenó su inmediata libertad. El mismo día, fueron liberados después de pasar 2 años, 9 meses y 5 días privados de libertad 55. C. Sobre los recursos de amparo interpuestos 72. El 6 de marzo de 2006, la defensa de las víctimas interpuso un recurso de amparo ante el Juez Primero de Distrito de Amparos en Materia Penal en el Distrito Federal. En dicho recurso se reclamó la privación de la libertad de las víctimas en la modalidad de arraigo. El recurso fue sobreseído ya que fue resuelto cuando el arraigo había culminado y estaban detenidos bajo una orden judicial 56. 73. El 15 de marzo de 2006, las víctimas interpusieron un recurso de amparo denunciado dicha situación, el mismo fue sobreseído con el argumento de que “al momento de resolverse los detenidos habían sido consignados al Juez del proceso”. 74. Ese día las víctimas promovieron otro amparo indirecto, esta vez en contra de la alegada obstaculización de su derecho a la defensa adecuada, toda vez que la Procuraduría General de la República les negaba a ellas y a su defensa el acceso a la investigación. El juicio fue tramitado por el Juez Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. El amparo fue sobreseído todo, cuando se trata de menoscabar la autoridad del Estado, o presionar a las autoridades para que tomen una determinación, a cuya afectación se dirigen como finalidad o resultado las conductas unidas entre sí de los miembros de la organización delictiva, mediante el uso de su potencial criminal”. 53 Cfr. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el estado de Veracruz con residencia en Córdoba. Auto de 20 de agosto de 2007 (expediente de prueba, folios 21675 y siguientes). Cfr. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el estado de Veracruz con residencia en Córdoba. Sentencia de 14 de mayo de 2008 (expediente de prueba, folios 23943 y siguientes). 54 Cfr. Poder Judicial de la Federación. Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito. Toca penal 207/2008, en virtud de los recursos de apelación interpuestos por los procesados Gerardo Tzompaxtle Tecpile, Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López (expediente de prueba, folios 29471 y siguientes). 55 Cfr. Poder Judicial de la Federación. Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito. Expediente de amparo en revisión 541-2006, amparo número 240/2006-VII-B, quejosos Gustavo Robles López y otros, en relación con su orden de arraigo, detención y traslado (expediente de prueba, folios 28589 y siguientes). 56 21

Select target paragraph3