166. De acuerdo con diversas notas periodísticas proporcionadas por la parte peticionaria, dirigentes liberales emprendieron una cruzada contra la UP, decisión que al parecer recibió el apoyo del líder liberal en el Meta, Hernando Durán Dussán. 167. De la información aportada por la parte peticionaria, se desprende que el 30 de julio de 1986, a unas cuadras de la estación de policía del municipio de Granada, cuando la presunta víctima se encontraba en una clínica, dos hombres armados se le acercaron y después de preguntarle si se llamaba José Rafael Reyes Malagón, le propinaron múltiples disparos. Según información presentada por la parte peticionaria y lo publicado en medios informativos, los atacantes pertenecían a grupos paramilitares. 168. En nota del 25 de septiembre de 1986, publicada en el semanario “Voz”, se indicó que el homicidio del señor Reyes fue cometido por el destacamento paramilitar “Patriotas Llaneros que depende del Batallón Vargas en el Meta”. 169. De acuerdo con información que obra en el expediente, la presunta víctima tuvo tres sobrinos, todos miembros de la UP, que posteriormente también fueron asesinados, al igual que el señor Pedro Reyes Malagón, hermano del señor José Rafael Reyes, quien junto a su hija fue ultimado en 1996, en Villavicencio. 170. En actuación del 11 de septiembre de 1987 en el expediente No. 52547/1208 VA, dirigida al Procurador Delegado de las Fuerzas Militares, en relación con “la indagación preliminar por la muerte de los ciudadanos (…) RAFAEL REYES”, se concluyó “que hay mérito para abrir FORMAL AVERIGUACIÓN DISCIPLINARIA contra el personal militar sindicado: Teniente MILLER TARCISIO COY NUÑEZ, Sargento Segundo SERVIO TULIO LUNA MEDINA y Soldado OVIDIO TABACO BETANCOURT, con el objeto de establecer si existe mérito para formular pliego de cargos, para lo cual se requiere practicar una serie de prueba (…)”. 171. En resolución del 10 de febrero de 1989, emitida por la Procuraduría Delegada Fuerzas Militares, ante solicitud del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción de Medellín para que “se sirva ordenar investigación (…) del asesinato del compañero RAFAEL REYES”, se señaló que “se desprende de la lectura del expediente por la muerte de los señores (…) Rafael Reyes Malagón, no existe personal militar involucrado en las diferentes investigaciones que cursan en la Justicia Penal Ordinaria y es criterio del Despacho que la investigación disciplinaria deberá archivarse en razón a que ni la Justicia Ordinaria ni la Procuraduría encontraron suficientes pruebas para vincular a miembros de las Fuerzas Militares”. En la parte resolutiva no se hace referencia a la investigación por los hechos cometidos en perjuicio de la presunta víctima. 172. Mediante escrito del 11 de marzo de 2009, la parte peticionaria solicitó al Director de la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación “el número de expediente correspondiente a la investigación que abrió la Procuraduría General de la Nación, los resultados de la investigación, o en su defecto, el estado de la misma, por la denuncia sobre el asesinato de JOSÉ RAFAEL REYES MALAGÓN ocurrido en la ciudad de Granada -Meta-, el 30 de julio de 1986”. 173. Mediante oficio del 3 de agosto de 2012, la Fiscalía General de la Nación informó a la parte peticionaria que el proceso seguido por el homicidio del señor Reyes Malagón se encontraba en etapa previa ante el Fiscal 95, bajo Radicado No. 6904. 1.5. Leonardo Posada Pedraza125 174. Leonardo Posada Pedraza fue miembro del Comité Central del PCC y de la UP. Fue elegido concejal para el período 1984-1986 en Barrancabermeja. Cuando surgió la propuesta de la UP se convirtió en su organizador e impulsor en la región del Magdalena Medio. Fue candidato por la UP al Concejo Municipal de 125 Pedraza. Anexo 14. Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 18 de febrero de 2013. Caja 2, Carpeta Leonardo Posada 34

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