- 14 12. Que la Corte considerará el estado general del cumplimiento de la Sentencia sobre fondo, reparaciones y costas de 1 de marzo de 2005, una vez que reciba la información pertinente sobre los puntos de las reparaciones pendientes de cumplimiento. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones, de conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 25.1 y 30 del Estatuto y 29.2 de su Reglamento, DECLARA: 1. Que de conformidad con lo señalado en el Considerando 9 de la presente Resolución, el Estado ha dado cumplimiento total a: a) “Designar un día dedicado a los niños y niñas que, por diversos motivos, desaparecieron durante el conflicto armado interno” (punto resolutivo décimo de la Sentencia de 1 de marzo de 2005). b) pagar las cantidades dispuestas por reintegro de costas y gastos (punto resolutivo decimocuarto de la Sentencia de 1 de marzo de 2005). 2. Que de conformidad con lo señalado en el Considerando 10 de la presente Resolución, el Estado ha dado cumplimiento parcial a: a) crear una página web de búsqueda de desaparecidos (punto resolutivo séptimo de la Sentencia de 1 de marzo de 2005).

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents