7 Bolivariano’, ‘Coordinadora Simón Bolívar’, ‘Guerreros de La Vega’ y siempre con la boina roja que es lo que identifica a estos grupos y ellos mismos se identifican como simpatizantes del Presidente y como defensores de la Revolución […]”. i) En una oportunidad fue contactada por un Cabo de la Policía Metropolitana, el Cabo Antonio Sánchez, “quien no pudo cumplir con su protección porque no le [dieron] acceso a los eventos dentro del Palacio de Miraflores [y] porque el cuerpo policial al que él pertenece fue intervenido y sus armas fueron decomisadas por la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada de Venezuela”. j) Se encuentra en un estado de indefensión y de inseguridad, razón por la cual no puede cumplir con su trabajo para el cual fue formada en la Universidad durante cinco años. Además, ha tenido que mudarse aproximadamente tres veces y en este momento, por razones de seguridad, ni sus padres saben donde se encuentra. k) Luego de la adopción de Medidas Provisionales por parte de la Corte ningún funcionario de la policía del Estado de Venezuela le otorgó protección. Ningún funcionario de la DISIP, de la Policía del Municipio de Libertador Distrito Capital, ni de otro cuerpo policial la ha invitado a reunión alguna para planificar su protección personal en virtud de las Medidas Provisionales. l) Recibió una llamada de la Asistente del Ministro de Relaciones Exteriores, quien le dijo que el Canciller quería hablar con ella, pero no pudieron acordar nada y después de eso no volvió a recibir ninguna llamada. m) Nunca ha sido llamada por el Ministerio Público o el Fiscal a reunión alguna de trabajo para rendir declaración o para informarle de cómo estaban las investigaciones de las denuncias presentadas por ella, para las cuales existen pruebas documentales de las agresiones y agresores. 16. Los alegatos orales de la Comisión, presentados en la referida audiencia pública, que se resumen a continuación: a) “En Venezuela la Comisión ha verificado con profunda preocupación que durante el año 2002 se ha registrado un aumento progresivo y significativo de amenazas y ataques contra periodistas y particularmente contra aquellos que cubren eventos de concentraciones políticas. Las investigaciones de tales actos, por parte de los poderes públicos, no arrojan resultados positivos en cuanto a la individualización de los actores materiales de los hechos”. b) Los “actos de hostigamiento, ataque físico y amenaza tienen un grave efecto multiplicador sobre las violaciones a los derechos humanos de los comunicadores sociales, convirtiéndolo en un grupo particularmente vulnerable dentro del contexto de movilización permanente y convocatoria masivas que vive hoy Venezuela”. “Los cinco trabajadores de la comunicación social a favor de los cuales se solicita[ron] las medidas provisionales, son un ejemplo de la violencia contra los comunicadores sociales, realizada, iniciada o tolerada por el poder público”.

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