RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 31 DE JULIO DE 2013 CASO BREWER CARÍAS VS. VENEZUELA VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso contra la República Bolivariana de Venezuela (en adelante “el Estado” o “Venezuela”) presentado el 7 de marzo de 2012 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), mediante el cual remitió el Informe de Fondo No. 171/11 y ofreció un peritaje. Asimismo, la Comisión solicitó el traslado, en lo pertinente, de cinco declaraciones rendidas en cinco casos anteriores contra Venezuela. 2. El escrito de solicitudes, argumentos y pruebas presentado el 7 de julio de 2012 por los representantes 1, mediante el cual ofrecieron la declaración de la presunta víctima, dos testimonios y cinco peritajes. 3. Las notas de la Secretaría de la Corte (en adelante “la Secretaría”) de 12 de septiembre de 2012, mediante las cuales comunicó a las partes y a la Comisión Interamericana que el Presidente de la Corte, en consulta con los demás jueces del Tribunal, decidió aceptar la excusa que presentó el 11 de julio de 2012 el Juez Eduardo Vio Grossi de participar como juez en este caso. 4. El escrito de 12 de noviembre de 2012, mediante el cual Venezuela interpuso “excepciones preliminares”, contestó el sometimiento del caso y presentó sus observaciones al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de contestación”). Asimismo, el Estado manifestó que “rechaza[ba]” la excusa presentada por el Juez Vio Grossi (supra Visto 3). En el referido escrito, el Estado ofreció un peritaje y ocho declaraciones testimoniales. 5. La Resolución del Presidente de la Corte en funciones 2 de 23 de noviembre de 2012, mediante la cual resolvió, inter alia, que las alegaciones interpuestas por Venezuela en su escrito de contestación sobre alegada falta de imparcialidad de cinco Jueces y del Secretario de la Corte no tenían el carácter de una excepción preliminar 3 y que eran infundadas, así como que la composición íntegra de la Corte continuaría conociendo del presente caso. 1 Mediante comunicación de 24 de abril de 2012 y su anexo, el señor Allan Brewer-Carías, presunta víctima, informó que los señores Pedro Nikken, Helio Bicudo, Claudio Grossman, Juan E. Méndez, Douglas Cassel y Héctor Faúndez Ledesma ejercerán su representación ante la Corte y comunicó que el señor Nikken será “el abogado interviniente al cual deben ser enviadas todas las comunicaciones [de este caso]”. 2 3 El Juez Alberto Pérez Pérez actuó como Presidente en funciones para efectos de esta Resolución. Venezuela planteó como excepción preliminar una recusación contra los Jueces Diego García-Sayán, Manuel E. Ventura Robles, Leonardo A. Franco, Margarette May Macaulay y Rhadys Abreu Blondet, así como respecto de Pablo Saavedra Alessandri “en su condición de Secretario” de la Corte.

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