-5Robert Ignacio Díaz Loreto, David Octavio Díaz Loreto y Octavio Ignacio Díaz
Álvarez, el desarrollo del proceso penal y la participación de los familiares de
las presuntas víctimas y sus representantes en dicho proceso.
C. Peritos
(propuestos por los representantes)
1) Fernando Fernández, abogado especialista en ciencias penales y
criminológicas, quien declarará sobre la normativa que regía el procedimiento
penal en Venezuela para el momento en que ocurrieron los hechos, con
referencia al papel del Estado como garante de los derechos a la vida, a la
integridad personal y la libertad personal; sobre la debida diligencia en los
procesos penales realizados en los casos del señor Octavio Díaz Álvarez y de
los hermanos Díaz Loreto, haciendo énfasis en los obstáculos de hecho y de
derecho que se han presentado durante los años que han durado esos
procesos.
2) Claudia Carillo, psicóloga, quien declarará sobre los daños ocasionados a los
miembros de la familia Díaz Loreto por las muertes del señor Octavio Díaz
Álvarez y de los hermanos Díaz Loreto; las repercusiones que los hechos
tuvieron en ellos desde el punto de vista familiar y laboral; y sobre la
importancia de la asistencia psicológica en sus casos.
(propuestos por el Estado)
3) Juan Carlos Castro Villalobos, abogado, quien declarará sobre las modalidades
y patrones característicos de actuación evidenciados en los casos de
ejecuciones arbitrarias denunciados en Venezuela y su relación con los hechos
del presente caso.
4) Ana Cristina Bracho, abogada, quien declarará sobre el proceso de
implementación de la reforma procesal realizado en Venezuela a partir de la
aprobación del Código Orgánico Procesal Penal y las dificultades evidenciadas
para la constitución de los tribunales con jurados y tribunales mixtos en el
país, así como sobre la regulación de la figura de la flagrancia en el
ordenamiento jurídico venezolano y su compatibilidad con los estándares
internacionales de derechos humanos.
(propuesto por la Comisión)
5) Camilo Ernesto Bernal Sarmiento, abogado, quien declarará sobre las
obligaciones estatales para responder a contextos generales de ejecuciones
extrajudiciales, desde una perspectiva integral, que incluya tanto el actuar de
los funcionarios de seguridad involucrados directamente como la respuesta
investigativa e institucional debida para enfrentar los diferentes elementos que
favorecen la existencia y permanencia de problemáticas de esta naturales. En
particular, se referirá a las obligaciones de los Estados frente a la identificación
de una situación estructural de impunidad que afecta de manera
desproporcionada este tipo de casos, la identificación de sus causas y
consecuencias, así como el impacto que tiene en las perspectivas de obtención
de justicia para las víctimas de ese tipo de hechos.