RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2002 CASO EL AMPARO CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La sentencia dictada en el Caso El Amparo vs. Venezuela por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 18 de enero de 19951, en cuyos puntos resolutivos estableció lo siguiente: por unanimidad, 1. Toma nota del reconocimiento de responsabilidad efectuado por la República de Venezuela y decide que ha cesado la controversia acerca de los hechos que dieron origen al presente caso. 2. Decide que la República de Venezuela está obligada a reparar los daños y pagar una justa indemnización a las víctimas sobrevivientes y los familiares de los fallecidos. 3. Decide que las reparaciones y la forma y cuantía de la indemnización serán fijadas por la República de Venezuela y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de común acuerdo, dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la notificación de esta sentencia. 4. Se reserva la facultad de revisar y aprobar el acuerdo y, en caso de no llegar a él, la Corte determinará el alcance de las reparaciones y el monto de las indemnizaciones y costas, para lo cual deja abierto el procedimiento. 2. La sentencia del Tribunal de 14 de septiembre de 19962 mediante la cual decidió sobre las reparaciones en este caso de la siguiente manera: por unanimidad, 1. Fija en US$722.332,20 el total de las indemnizaciones debidas a los familiares de las víctimas y a las víctimas sobrevivientes a que se refiere este caso. Este pago deberá ser hecho por el Estado de Venezuela en el plazo de seis meses a contar de la fecha de notificación de la presente sentencia y en la forma y condiciones que se expresan en los párrafos precedentes. por unanimidad, 2. Ordena el establecimiento de fideicomisos según lo previsto en [la] Sentencia. por unanimidad, 1 Caso El Amparo. Sentencia de 18 de enero de 1995. Serie C No. 19. 2 Caso El Amparo. Reparaciones (art. 63.1 Convención Americana sobre Derechos Humanos). Sentencia de 14 de septiembre de 1996. Serie C No. 28.

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