54 Reparar integralmente a TGGL y su madre por las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe, incluyendo tanto el aspecto material como moral. 1. 2. Proveer, en consulta con TGGL, de manera inmediata y permanente el tratamiento médico especializado que requiere. 3. Proveer, en consulta con TGGL, la educación primaria, superior y universitaria, de manera gratuita. 4. Realizar una investigación completa y efectiva de las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe. 5. Disponer mecanismos de no repetición que incluyan: i) la implementación de mecanismos serios y efectivos de supervisión y fiscalización periódica del funcionamiento y sistemas de registro de los Bancos de Sangre que operan en Ecuador, incluyendo los privados y públicos; ii) la implementación de mecanismos serios y efectivos de supervisión y fiscalización periódica de los hospitales públicos y privados, a fin de asegurar que en su funcionamiento cuenten con las salvaguardas necesarias para verificar la seguridad de los productos sanguíneos que se utilizan para actividades transfusionales; iii) la implementación de programas de capacitación al personal de los Bancos de Sangre que operan en Ecuador, a fin de asegurar que ejerzan sus labores de manera compatible con los estándares técnicos mínimos de seguridad reconocidos internacionalmente; y iv) la provisión de tratamiento y atención en salud gratuita a los niños y niñas con VIH que no cuenten con recursos para ello.

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