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practicaran diversas diligencias45. Por su parte, la apoderada del señor López solicitó que se
llamaran a rendir veintidós testimonios, lo cual también fue aprobado por el Juzgado 46. El 3
de abril de 2003 el Juzgado de Menores de Villarrica recibió los testimonios de seis
familiares del demandante y tres familiares de la demandada 47.
36.
El 8 de abril de 2003 el Juzgado de Menores de Villarrica escuchó en audiencia
privada a las niñas M., V. y R., y “se guardó registro de la audiencia privada en sobre
cerrado en la caja de fondos del Tribunal”. El Juzgado también escuchó en audiencia privada
al hijo mayor de la señora Atala48.
37.
El 10 de abril de 2003 se llevó a cabo la audiencia para presentar prueba
testimonial49. El 14 de abril de 2003 el Juzgado de Menores de Villarrica recibió cuatro
testimonios de personas propuestas por la parte demandante, especialmente de una
psicóloga y una asistente social50. En particular, la asistente social señaló, al preguntársele
si “los menores que se crían bajo parejas homosexuales sufren consecuencias adversas”,
que “s[í] hay consecuencias sociales, como modelos paternales y maternales confusos que
afectan la conformación de la identidad sexual”. Además, agregó que “otra de las
consecuencias que hace, es que en Chile según estudio […] sobre la tolerancia y la
discriminación [del] año 1997, se llegó a la conclusión que los chilenos poseen un alto
rechazo hacia las minorías homosexuales[,] un 60.2% fue la carga valórica de este rechazo.
[Con] base [en] lo anterior, y en conocimiento de esta alta discriminación[,] se estaría
exponiendo a estas menores [de edad] a situaciones de discriminación social que ellas no se
han buscado”51.
38.
Además de los familiares y amigos cercanos que declararon en el proceso (supra
párr. 35), también rindieron declaración tres trabajadoras del hogar, quienes se expresaron
señalando, inter alia, que el padre se preocupaba mucho más por sus hijas que la señora
Atala52. Una de ellas describió, además, algunos comportamientos de las niñas53.
45
El apoderado solicitó: i) informe del médico psiquiatra que realizó la terapia matrimonial entre la señora
Atala y el demandante; ii) se oficiara al departamento de recursos humanos del sitio de trabajo del demandante;
iii) se solicitara información a la Organización Panamericana de la Salud para que informara sobre “la fecha en que
la homosexualidad fue eliminada del catálogo de conductas patrológicas”; iv) se solicitara información al Servicio
Nacional de la Mujer para que informara respecto al “concepto de familia incorporado en el Informe de la Comisión
Nacional de Familia”; v) se solicitara al Ministerio General de Gobierno la remisión del plan para superar la
discriminación en Chile, y vi) se solicitara al Director del Departamento de Derechos Humanos del Ministerio de
Relaciones Exteriores para que informara “respecto de las obligaciones internacionales asumidas por el […] Estado
de Chile en materia de no discriminación por orientación o identidad sexual”. Escrito del apoderado de la señora
Atala de 11 de marzo de 2003 (expediente de anexos a la demanda, tomo I, folios 193 a 195).
46
Cfr. Escrito de la apoderada del señor López Allendes de 11 de marzo de 2003 (expediente de anexos a la
demanda, tomo I, folios 197 a 199).
47
Cfr. Acta del Juzgado de Menores de Villarrica de 3 de abril de 2003 (expediente de anexos a la demanda,
tomo I, folios 327 a 334).
48
Cfr. Acta del Juzgado de Menores de Villarrica de 8 de abril de 2003 (expediente de anexos a la demanda,
tomo I, folios 350 y 351).
49
Cfr. Acta del Juzgado de Menores de Villarrica de 10 de abril de 2003 (expediente de anexos a la
demanda, tomo I, folios 352 a 373).
50
Cfr. Acta del Juzgado de Menores de Villarrica de 14 de abril de 2003 (expediente de anexos a la
demanda, tomo I, folios 374 a 393).
51
Testimonio de Edith Paola Retamal Arevalo de 14 de abril de 2003 (expediente de anexos a la demanda,
tomo I, folio 390).
52
Cfr. Pruebas testimoniales producidas mediante declaraciones orales rendidas el 14 de abril de 2003 ante
el Juzgado de Menores de Villarrica por Erecilda Teresa Solis Ruíz (expediente de anexos a la demanda, tomo I,
folio 370), Ana Delia Pacheco Guzmán (expediente de anexos a la demanda, tomo I, folio 375), y Graciela del
Carmen Curín Jara (expediente de anexos a la demanda, tomo I, folio 377).