41 a) Procedimientos administrativos de desalojo de ocupantes ilegales 148. De otro lado, en los documentos aportados por los peticionarios que forman parte del expediente ante la CIDH, constan numerosas gestiones de carácter administrativo con el propósito de contrarrestar las acciones de los colonos. 149. En efecto, el 5 de abril de 2002, las autoridades tradicionales de la Comarca Kuna de Madungandí iniciaron un proceso administrativo de desalojo de ocupantes ilegales ante el Alcalde del 187 Distrito de Chepo, con base en el artículo 1409 del Código Judicial de Panamá . Ante la falta de respuesta luego de transcurrido cerca de un año desde la presentación de la solicitud, el 17 de febrero de 2003 las autoridades de la Comarca Kuna de Madungandí dieron inicio a un proceso administrativo 188 de desalojo ante la Gobernadora de la Provincia de Panamá . En el marco de dicho proceso, el 7 de marzo de 2003 los representantes de la Comarca Kuna de Madungandí presentaron un escrito 189 reiterando el inicio del procedimiento y el 12 de marzo de 2003 aportaron al proceso la certificación emitida por la Dirección Nacional de Política Indigenista que acreditaba la representatividad de las 190 autoridades de la Comarca Kuna de Madungandí que iniciaron el proceso de desalojo . 150. De acuerdo a la información que obra en el expediente ante la CIDH, el primer acto que realizó la Gobernadora de la Provincia de Panamá, fue dictar la Resolución del 6 de junio de 2003, ordenando la corrección de la demanda de desalojo con el fin de incluir la información relativa a los 191 Caciques Generales de la Comarca Kuna de Madungandí . Dicho requerimiento fue contestado por los 192 solicitantes a los pocos días, por escrito del 26 de junio de 2003 . 151. Posteriormente, las autoridades de la Comarca informaron acerca de nuevas invasiones 193 en las zonas de Wacuco y Tortí Abajo y presentaron una solicitud de impulso procesal requiriendo se ordene a las autoridades correspondientes proteger la propiedad de la Comarca Kuna de Madungandí. Igualmente, en dicho escrito se solicitó la remisión a la justicia penal al Secretario General de la Federación de Trabajadores Agrícolas, quien estaría promoviendo la invasión de nuevas tierras y 194 repartiendo volantes que instigaban a la invasión de la Comarca . 152. El 10 de marzo de 2004, tras un año de presentada la solicitud de desalojo, la Gobernación envió la nota consultiva N 033-04 a la Procuraduría de la Administración requiriendo su 195 opinión legal sobre la competencia de la Gobernación para conocer la solicitud presentada . Mediante 187 Anexo 63. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 188 Anexo 63. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 189 Anexo 63. Anexo del escrito de los peticionarios de fecha 8 de julio de 2003, recibido por la CIDH el 4 de agosto de 2003; y anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 190 Anexo 63. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 191 Anexo 63. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 192 Anexo 63. Anexo del escrito de los peticionarios de fecha 8 de julio de 2003, recibido por la CIDH el 4 de agosto de 2003; y anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 193 Anexo 63. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 194 Anexo 63. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 195 Anexo 63. Escrito de interposición de proceso administrativo presentado ante el Presidente de la República de Panamá, el 24 de enero de 2005. Anexo D del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009.

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