56 ocasionado sufrimiento172 y han perjudicado la preservación de sus formas de vida, costumbres e idioma173. g) Costas y Gastos 73.76. Los representantes de las presuntas víctimas asistieron a los miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa durante el trámite interno, por lo que debieron incurrir en diversos gastos. Asimismo, los representantes incurrieron en gastos durante la tramitación del presente caso en el procedimiento internacional174. VIII VIOLACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 8 Y 25 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA (PROTECCIÓN JUDICIAL Y GARANTÍAS JUDICIALES) EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 1.1 Y 2 DE LA MISMA Alegatos de la Comisión 74. En relación con los artículos 8, 25, 1.1 y 2 de la Convención Americana, la Comisión alegó que: a) el recurso administrativo establecido en el ámbito interno para solucionar la reivindicación de tierras de los miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley sobre el Estatuto de las Comunidades Indígenas, no ha sido efectivo para la solución definitiva de la reclamación de dicha Comunidad. Tampoco han sido efectivas las gestiones realizadas por los miembros de la Comunidad en los años 1997 y 2000 ante el Congreso Nacional del Paraguay, a través de la presentación de los proyectos de ley de expropiación del área reclamada; b) la legislación paraguaya no contempla un recurso judicial efectivo, destinado a proteger las legítimas reivindicaciones territoriales de los pueblos indígenas del Paraguay, lo cual constituye per se una violación a la Convención Americana; 172 Cfr. declaración de la señora Elsa Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 119; declaración de la señora Mariana Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 120; declaración de la señora Gladys Benítez Galarza rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 28; declaración del señor Pablo Balmaceda rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 44; declaración del señor Carlos Marecos rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 27, y declaración del señor Leonardo González Fernández rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 145. 173 Cfr. declaración de la señora Elsa Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 119; declaración de la señora Mariana Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 120; declaración de la señora Gladys Benítez Galarza rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 28; declaración del señor Pablo Balmaceda rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 44; declaración del señor Carlos Marecos rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 27; declaración del señor Leonardo González Fernández rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 145, y libro titulado “Atlas de las Comunidades Indígenas en el Paraguay”, Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos de la Secretaría Técnica de Planificación de la Presidencia de la República. Paraguay, 2002. Tomo II, páginas 400 y 401. 174 Cfr. relación de gastos efectuados por la organización “TierraViva” presentada junto con los alegatos finales escritos (expediente sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas, Tomo IV, folios 1112 a 1123).

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