4 9. Como consecuencia de la comercialización de las tierras ancestrales del pueblo indígena Enxet, éstos se vieron desplazados forzadamente. En su supracitada demanda, la CIDH señaló que "Ante las deplorables condiciones de vida, miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa [del pueblo Enxet] que habitaban en aldeas ubicadas en estancias privadas decidieron trasladarse a la vera de un camino público, frente a las tierras reivindicadas, en espera que el Estado resolviera su solicitud de reconocimiento de parte de su territorio ancestral"252. 10. En realidad, los miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa del pueblo Enxet se encuentran hasta hoy viviendo en condiciones infrahumanas253, - o sobreviviendo, o varias veces muriendo, - a la vera del camino conocido como ruta Coronel Franco, en los asentamientos de Santa Elisa y kilómetro 16254. Esto, - como observan en su supracitado escrito los representantes de las víctimas, - a pesar de que "El pueblo Enxet preexiste históricamente al Estado paraguayo conforme a su propio reconocimiento, y por ende y en consecuencia sus derechos sobre sus territorios son anteriores al mismo (...). (...) El área reivindicada por la Comunidad Indígena Sawhoyamaxa es parte de su hábitat tradicional, hecho no controvertido por el Estado paraguayo. A pesar de ello, el Estado no ha garantizado a la Comunidad y a sus miembros la posesión y propiedad de dicho territorio"255. 11. En su contestación de la demanda, del 13.07.2005, el agente del Estado demandado admite que los referidos pueblos indígenas "existen como culturas anteriores a la formación del Estado paraguayo, como reconoce la Constitución nacional"256, y además "acepta que la legislación vigente en la materia es perfectible"257, y "lamenta profundamente el fallecimiento" de 31 miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa, pero contesta la imputación al Estado de la responsabilidad por dichas muertes258. 12. Los padecimientos de los miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa se han proyectado en el tiempo. A su lucha por la sobrevivencia, y por la preservación de su modus vivendi, se suma el dolor ante la indiferencia y el olvido del medio social. Las condiciones en que sobreviven parecen privarlos de su propia historia. Tienen historia los pobres y abandonados? Fue la pregunta que se planteó en un Foro Internacional organizado, en marzo de 1998, por la UNESCO y la Academia Universal de las Culturas. Ahí se recordó una reflexión, desarrollada por J. Wresinski, fundador del movimiento ATD Cuarto Mundo, en términos elocuentes: 252 . 253 . Página 12, párrafo 50 de la referida demanda. Descritas en el párrafo 73.61-75, letras "e" y "f", de la presente Sentencia. 254 . Y otras estancias; cf. página 23 del supracitado escrito autónomo de argumentos, solicitudes y pruebas de los representantes de las víctimas. 255 Ibid., p. 22. 256 Página 21, párr. 47, de la referida contestación de la demanda. 257 Ibid., p. 70, párr. 8. . . . 258 . Cf. ibid., pp. 52-60, párrs. 143-163.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents