12 remitidos por la Comisión, los representantes de los familiares de la presunta víctima y el Estado el 4 de julio siguiente. 30. El 9 de julio de 2003 la Secretaría, siguiendo instrucciones de la Corte y de conformidad con el artículo 44 del Reglamento, solicitó a los representantes de los familiares de la presunta víctima y al Estado la remisión de ciertos documentos como prueba para mejor resolver (infra 54 y 55). El 16 de julio de 2003 los representantes de la presunta víctima presentaron la prueba para mejor resolver solicitada por la Corte. El 12 de agosto de 2003 el Estado remitió la documentación requerida. VI Reconocimiento de responsabilidad internacional y Solución Amistosa 31. Según se desprende del acuerdo de solución amistosa alcanzado por las partes el 26 de febrero de 2003 y del documento aclaratorio de 6 de marzo de 2003, el Estado reconoció su responsabilidad internacional en el presente caso (supra 27 e infra 32 y 33). 32. El acuerdo de solución amistosa suscrito por el Estado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los representantes de los familiares de la presunta víctima el 26 de febrero de 2003 establece que En la ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de febrero de 2003, reunidos en la sede de la Procuración del Tesoro de la Nación se encuentran presentes las partes en el caso que tramita por ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos bajo el Nº 11.752, “Walter David Bulacio”. Por el Gobierno Nacional, se encuentran presentes el señor Procurador del Tesoro de la Nación, Dr. Rubén Miguel Citara, el señor Minisro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Dr. Juan José Alvarez y el señor Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y culto, Embajador Horacio Basabe (en adelante EL GOBIERNO). Por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, envió su conformidad con el contenido del acuerdo el Comisionado Robert Goldman, y se encuentra presente el Dr. Víctor Abramovich, en su carácter de Delegado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante LA COMISIÓN). Y por la familia de Walter David Bulacio, se encuentran presentes la Dra. María del Carmen Verdú, en su carácter de representante de la familia de Walter David Bulacio (en adelante LA REPRESENTANTE DE LA FAMILIA) y la señora Graciela Rosa Scavone de Bulacio, madre de Walter David Bulacio. En el marco de la solución amistosa propuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y aceptada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto Nº 161 de fecha 31 de enero de 2003, EL GOBIERNO, LA COMISIÓN Y LA REPRESENTANTE DE LA FAMILIA acuerdan: 1) Sin perjuicio de los planteos y argumentos formulados por las partes y en el ámbito de la solución amistosa propuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y aceptada por el Decreto Presidencial Nº 161 de fecha 31 de enero de 2003, EL GOBIERNO reconoce la responsabilidad por la violación a los derechos humanos de Walter David Bulacio y su familia con base en la demanda efectuada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En ese sentido se deja constancia que Walter David Bulacio fue víctima de una violación a sus derechos en cuanto a un inapropiado ejercicio del deber de custodia y a una detención ilegítima por incumplimientos procedimentales y

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