culpabilidad a menos que se haya demostrado la acusación fuera de toda duda razonable, asegura que el acusado tenga el beneficio de la duda, y exige que las personas acusadas de un delito sean tratadas de conformidad con este principio. Todas las autoridades públicas tienen el deber de abstenerse de prejuzgar los resultados de un juicio, por ejemplo, absteniéndose de hacer comentarios públicos en que se declare la culpabilidad del acusado182. 206. Por su parte, la Comisión Interamericana ha indicado que El contenido de la presunción de inocencia exige que la sentencia de condena y, por ende, la aplicación de la pena, sólo pueden ser fundadas en certeza del tribunal acerca de la existencia de un hecho punible atribuible al acusado. El juez a quien le corresponde conocer de la acusación penal tiene la obligación de abordar la causa sin prejuicios y bajo ninguna circunstancia debe suponer a priori que el acusado es culpable. Por el contrario, la Convención Americana requiere que, en aplicación del debido proceso legal, y de los principios de derecho penal universalmente aceptados, el juez debe circunscribirse a determinar la responsabilidad penal y aplicar la pena a un imputado a partir de la valoración de los elementos de convicción con que cuenta.183 En este contexto, otro concepto elemental del derecho procesal penal, cuyo objeto es preservar el principio de inocencia, es la carga de la prueba. En el procedimiento penal, el onus probandi de la inocencia no le corresponde al imputado; por el contrario, es el Estado quien tiene la carga de demostrar la culpabilidad del procesado. Así la moderna doctrina sostiene que “el imputado no tiene necesidad de probar su inocencia, construida de antemano por la presunción de inocencia que lo ampara, sino que, quien condena debe construir completamente esa posición, arribando a la certeza sobre la comisión de un hecho punible.184 207. Conforme a lo expuesto, el derecho internacional de los derechos humanos establece que ninguna persona puede ser condenada mientras no exista prueba plena de su responsabilidad penal. En palabras de la Corte, “si obra contra ella prueba incompleta o insuficiente, no es procedente condenarla, sino absolverla”185. En consecuencia, la Corte ha indicado que la falta de prueba plena de la responsabilidad penal en una sentencia condenatoria constituye una violación al principio de presunción de inocencia 186. 208. Además, de acuerdo con el criterio establecido por el Tribunal Europeo, retomado por la Corte Interamericana, el principio de presunción de inocencia implica que los juzgadores no inicien el proceso con una idea preconcebida de que el acusado ha cometido el delito que se le imputa, por lo que la carga de la prueba está a cargo de quien acusa y cualquier duda debe ser usada en beneficio del acusado. La presunción de inocencia se vulnera si antes de que el acusado sea encontrado culpable una decisión judicial relacionada con él refleja la opinión de que es culpable187. 182 Comité de Derechos Humanos. Observación General No. 32. Artículo 14. El derecho a un juicio imparcial y a la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia. CCPR/C/GC/32. 23 de agosto de 2007, párr. 30. 183 CIDH, Informe Nº 50/00, Caso 11.298, Reinaldo Figueredo Planchart, República Bolivariana de Venezuela, 13 de abril de 2000, párr. 119. 184 CIDH, Informe Nº 5/96, Caso 10.970, Fernando Mejía Egocheaga y Raquel Martín de Mejía, Perú, de 1 de marzo de 1996. Corte IDH. Caso Cantoral Benavides Vs. Peru. Sentencia de 18 de agosto de 2000. Serie C No. 69, párr. 120; y Corte IDH. Caso Ricardo Canese Vs. Paraguay. Sentencia de 31 de agosto de 2004. Serie C No. 111, párr. 153. 185 186 Corte IDH. Caso Cantoral Benavides Vs. Peru. Sentencia de 18 de agosto de 2000. Serie C No. 69, párr. 121. ECHR, Case of Barberá, Messegué and Jabardo v Spain, Judgment of 6 December 1988, App. Nos 10588/83, 10589/83, 10590/83, paras. 77 y 91, citado en Corte IDH. Caso Cabrera García y Montiel Flores Vs. México. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 21 de agosto de 2013, párr. 184. 187 49

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