Resolución de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos
De 7 de mayo de 2008
Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni
Vs. Nicaragua
Supervisión de Cumplimiento de Sentencia
VISTOS:
1.
La Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas dictada en el Caso de la
Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el
Tribunal”) el 31 de agosto de 20011, en cuyos puntos resolutivos decidió, inter alia:
[…]
3.
[…] que el Estado debe adoptar en su derecho interno, de conformidad con el artículo 2 de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las medidas legislativas, administrativas y de
cualquier otro carácter que sean necesarias para crear un mecanismo efectivo de delimitación,
demarcación y titulación de las propiedades de las comunidades indígenas, acorde con el derecho
consuetudinario, los valores, usos y costumbres de éstas, de conformidad con lo expuesto en los
párrafos 138 y 164 de la presente Sentencia.
4.
[…] que el Estado deberá delimitar, demarcar y titular las tierras que corresponden a los
miembros de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni y abstenerse de realizar, hasta tanto no
se efectúe esa delimitación, demarcación y titulación, actos que puedan llevar a que los agentes del
propio Estado, o terceros que actúen con su aquiescencia o su tolerancia, afecten la existencia, el
valor, el uso o el goce de los bienes ubicados en la zona geográfica donde habitan y realizan sus
actividades los miembros de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, de conformidad con lo
expuesto en los párrafos 153 y 164 de la […] Sentencia.
[…]
6.
[…] por equidad, que el Estado debe invertir, por concepto de reparación del daño
inmaterial, en el plazo de 12 meses, la suma total de US$ 50.000 (cincuenta mil dólares de los
Estados Unidos de América) en obras o servicios de interés colectivo en beneficio de la Comunidad
Mayagna (Sumo) Awas Tingni, de común acuerdo con ésta y bajo la supervisión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con lo expuesto en el párrafo 167 de la […]
Sentencia.
[…]
7.
[…] por equidad, que el Estado debe pagar a los miembros de la Comunidad Mayagna
(Sumo) Awas Tingni, por conducto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la suma
total de US$ 30.000 (treinta mil dólares de los Estados Unidos de América) por concepto de gastos
y costas en que incurrieron los miembros de dicha Comunidad y sus representantes, ambos
1
Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni Vs. Nicaragua. Fondo y Reparaciones y Costas.
Sentencia de 31 de agosto de 2001. Serie C No. 79.