-102Comisión Interamericana “y las que se origin[aran] como consecuencia de la
tramitación de la […] demanda ante la […] Corte”.
Alegatos de los representantes de las víctimas y sus familiares
203. Los representantes manifestaron que se ha incurrido en gastos tanto en el
ámbito interno como en el internacional, y solicitaron el reintegro de los siguientes
gastos a favor de Asociación Pro-Búsqueda y de CEJIL:
a)
la cantidad total de US$ 39.323,96 (treinta y nueve mil trescientos
veintitrés dólares de los Estados Unidos de América con noventa y seis
centavos) a favor de la Asociación Pro-Búsqueda69;
b)
la cantidad total de US$ 7.252,77 (siete mil doscientos cincuenta y dos
dólares de los Estados Unidos de América con setenta y siete centavos) a
favor de CEJIL70 por los gastos incurridos en el proceso internacional; y
c)
indicaron que la solicitud de pago que realizan es “legítima en tanto
que no tiende a enriquecer a ninguna de las dos organizaciones, sino a
reintegrar, en parte o en su totalidad, los gastos incurridos”.
Alegatos del Estado
69
En cuanto a los gastos que asumió la Asociación Pro-Búsqueda, indicaron que se le
debe reintegrar por: cubrir viáticos a empleados, US$ 84,52 (ochenta y cuatro dólares de los
Estados Unidos de América con cincuenta y dos centavos); por viáticos a familiares, US$
122,97 (ciento veintidós dólares de los Estados Unidos de América con noventa y siete
centavos); por salarios y honorarios de abogadas US$ 28.262,19 (veintiocho mil doscientos
sesenta y dos dólares de los Estados Unidos de América con diecinueve centavos); por gastos
de medicinas a familiares US$ 400,68 (cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América
con sesenta y ocho centavos); por asesorías y seminarios US$ 1.916,51 (mil novecientos
dieciséis dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y uno centavos ); por
talleres de salud mental US$ 32,39 (treinta y dos dólares de los Estados Unidos de América
con treinta y nueve centavos); por gastos varios de viajes por audiencias a los Estados Unidos
de América, US$ 8.006,51 (ocho mil seis dólares de los Estados Unidos de América con
cincuenta y uno centavos); por gastos de combustible US$ 84,57 (ochenta y cuatro dólares de
los Estados Unidos de América con cincuenta y siete centavos); por fotocopias y materiales
varios US$ 80,82 (ochenta dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y dos
centavos); y por comunicaciones (teléfono, fax, correo) US$ 332,78 (trescientos treinta y dos
dólares de los Estados Unidos de América con setenta y ocho centavos).
70
Respecto del reintegro de los gastos asumidos por CEJIL para litigar el caso ante la
Comisión los representantes indicaron que el monto comprende los siguientes conceptos:
audiencias realizadas ante la Comisión Interamericana en octubre de 2000, por un monto de
US$ 1.116,68 (mil ciento dieciséis dólares de los Estados Unidos de América con sesenta y
ocho centavos); audiencias realizadas ante la Comisión Interamericana en noviembre de 2001,
por un monto de US$ 2.501,35 (dos mil quinientos uno dólares de los Estados Unidos de
América con treinta y cinco centavos); viajes a El Salvador en marzo y julio de 2003, por un
monto de US$ 824,00 (ochocientos veinticuatro dólares de los Estados Unidos de América) y
US$ 2.336,84 (dos mil trescientos treinta y seis dólares de los Estados Unidos de América),
respectivamente; teléfonos y fax por un monto de US$ 300,00 (trescientos dólares de los
Estados Unidos de América); gastos de correspondencia por un monto de US$ 73,90 (setenta
y tres dólares de los Estados Unidos de América con noventa centavos); y suministros por un
monto de US$ 100 (cien dólares de los Estados Unidos de América).
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