-10cocinero, se dedica a la elaboración de manualidades y se encuentra estudiando la
última fase de alfabetización.
23.
Que los representantes manifestaron que el 6 de abril de 2007 entró en
vigencia la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario. Sin embargo, a diciembre de
2007 no se había implementado, pues no se había asignado el presupuesto ni
dictado los reglamentos necesarios. Asimismo, sostuvieron que dicha ley incumple
con los estándares internacionales pues se establecen Centros de Máxima Seguridad
donde no existen programas de reinserción social y se delega en la autoridad
penitenciaria la reglamentación de dicho régimen. En referencia al señor Fermín
Ramírez, indicaron que en el sector donde se encuentra recluido escasea el agua
permanentemente y el número de sanitarios es insuficiente. Además, el centro no
cuenta con ningún programa laboral, de capacitación profesional o de talleres. Los
trabajos de manualidades los realiza en forma autogestionada, así como los
programas educativos. Asimismo, no se le permite realizar actividades al aire libre.
24.
Que la Comisión tomó nota de las importantes reformas llevadas a cabo por
el Estado en este ámbito, pero consideró que su efectividad y el cumplimiento de lo
ordenado por este Tribunal debe ser valorado a partir de la aplicación de la nueva
legislación y el efectivo mejoramiento de las condiciones carcelarias generales.
Asimismo, consideró que el Estado debe proporcionar información más detallada y
actualizada.
25.
Que esta Presidencia observa que el Estado ha realizado gestiones y avances
para el cumplimiento de esta obligación, pero que es oportuno recibir mayor
información para establecer el cumplimiento de este punto.
B)
Respecto al caso Raxcacó Reyes
26.
Que en cuanto a la modificación del artículo 201 del Código Penal (punto
resolutivo quinto de la Sentencia), el Estado no ha presentado información.
27.
Que los representantes indicaron que “no existe en el Congreso […] ningún
proyecto de ley encaminado a modificar el artículo 201”.
28.
Que la Comisión quedó a la espera de mas información al respecto.
29.
Que esta Presidencia considera que el Estado debe informar sobre las
medidas que ha adoptado para dar cumplimiento a este punto de la Sentencia.
*
*
*
30.
Que en lo referente a que el Estado deberá abstenerse de aplicar la pena de
muerte y ejecutar a los condenados por el delito de plagio o secuestro (punto
resolutivo sexto de la Sentencia), el Estado indicó que un condenado a pena de
muerte obtuvo su libertad2, conmutó la pena de muerte por pena privativa de la
libertad a dos condenados3, decretó la suspensión provisional de la pena de muerte a
2
El señor Ramiro Geovanny Marroquín. Los representantes alegaron que esta información no es
correcta y que el señor Marroquín se encuentra a la espera de la ejecución de la sentencia dictada en su
contra.
3
Los señores Marvín Arnoldo Ramos Rosales y Pablo Arturo Ruiz Almengor.