de las visitas, inclusive tocamientos indebidos, extensas revisiones y amenazas de represalias en contra de las personas detenidas en caso de denunciar públicamente hechos en su contra, lo que dificultaría la posibilidad de acceder a información sobre la situación de las personas detenidas17. 12. El 28 de septiembre de 2022, los relatores de la ONU y CIDH urgieron al Estado a restablecer y hacer efectivo el pleno goce de los derechos civiles y políticos frente al cierre y la cooptación gubernamental de los espacios cívicos y de participación democrática en Nicaragua18. Asimismo, el 4 de noviembre de 2022, la CIDH advirtió la ausencia de condiciones para realizar elecciones libres y justas en el país, teniendo en cuenta el recrudecimiento de la represión y la persecución contra personas opositoras políticas mediante la implementación de medidas tendientes a impedir su participación en dichas elecciones19. 13. En febrero de 2023, la CIDH y la OACNUDH condenaron energéticamente las nuevas violaciones de derechos humanos cometidas por el Estado de Nicaragua, que se han acelerado de manera alarmante en los últimos días20. El 13 de febrero de 2023, la Comisión saludó la excarcelación de más de 200 personas privadas de la libertad por motivos políticos y rechazó la deportación y privación arbitraria de la nacionalidad de estas personas por parte del Estado de Nicaragua21. La CIDH reconoció que la excarcelación pone fin a años de encierro arbitrario, bajo condiciones deplorables de detención, sin embargo, repudia que las excarcelaciones hayan sido acompañadas de la privación arbitraria de la nacionalidad nicaragüense, con lo cual la mayoría de las 222 personas liberadas estarían en situación de apatridia; y, puso de manifiesto las múltiples violaciones de los derechos humanos de los que fueron víctimas esas personas por varios años22. III. MEDIDAS CAUTELARES Y PROVISIONALES OTORGADAS RESPECTO DE LA SITUACIÓN DE LA COSTA CARIBE NORTE EN NICARAGUA 14. La Comisión y la Corte Interamericana han otorgados medidas cautelares y medidas provisionales a favor de pobladores de las comunidades del pueblo indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte en Nicaragua23. La situación analizada ha considerado la violencia, 17 18 19 20 21 22 23 El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, el Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad), la Iniciativa Nicaragüense de Defensoras (IND), la Iniciativa Mesoamericana de Defensoras (IMD), el Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), la Unidad de Defensa Jurídica (UDJ) y la Unidad de Registro (UDR). Informe para el Segundo Examen de las Obligaciones de Nicaragua bajo la Convención contra la Tortura. Junio de 2022. CIDH. Comunicado de Prensa R218/22. Frente a las graves denuncias sobre el cierre de espacios cívicos en Nicaragua, relatores de ONU y CIDH exhortan a las autoridades a cumplir sus obligaciones internacionales de respeto y garantía de las libertades fundamentales. 28 de septiembre de 2022. CIDH. Comunicado de Prensa No. 248/22. CIDH advierte falta de condiciones para realizar elecciones municipales libres y justas em Nicaragua. 4 de noviembre de 2022. CIDH. Comunicado de Prensa No. 024/23. La CIDH y la OACNUDH condenan la escalada de violaciones de derechos humanos en Nicaragua. 17 de febrero de 2023. CIDH. Comunicado de Prensa No. 021/23. CIDH saluda la excarcelación de personas presas políticas en Nicaragua y rechaza privación arbitraria de nacionalidad. 13 de febrero de 2023. Ibidem. El 14 de octubre de 2015, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de los miembros de las comunidades Esperanza, Santa Clara, Wisconsin, Francia Sirpi del pueblo indígena Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya (CIDH, Resolución No. 37/15, MC 505-15, Miembros de las comunidades indígenas "Esperanza, Santa Clara, Wisconsin y Francia Sirpi" del pueblo Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua, 14 de octubre de 2015). El 16 de enero de 2016 se ampliaron las medidas cautelares para abarcar a los miembros de las comunidades indígenas de Santa Fe, Esperanza Río Coco, San Jerónimo, Polo Paiwas, Klisnak del Territorio Indígena Miskitu Wanki Li Aubra y Wiwinak del Territorio Indígena Miskitu Li Lamni Tasbaika Kum (CIDH, Resolución No. 2/16, MC 505-15, Pueblo Indígena Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua, 16 de enero de 2016). El 8 de agosto de 2016 se volvieron a ampliar las medidas cautelares para abarcar a los miembros de las comunidades indígenas de Naranjal y Cocal del Territorio Indígena Wangki Li Aubra (CIDH, Resolución No. 44/16, MC 50515, Pueblo Indígena Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua, 8 de agosto de 2016). Asimismo, el 13 de febrero de 2022, se ampliaron las medidas cautelares para abarcar a los pobladores de las comunidades Musawas, Suniwas y Wilú del Territorio Mayangna Sauni As, en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte de Nicaragua (CIDH. Resolución No. 9/22, MC-505-15, Indígenas de las Comunidades Musawas, Suniwas y Wilú del Territorio Mayangna Sauni As en la Región Auntónoma de la Costa Caribe Norte, Nicaragua, 13 de ferebero de 2022). Tras identificarse situaciones concretas de riesgo extremo respecto de personas beneficiarias de medidas cautelares, la CIDH solicitó medidas provisionales ante la Corte Interamericana en el 2016, 2017, 2018, 2019 y 2021. Tras analizar el cumplimiento de los requisitos del artículo 63.2 de la -4-

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