19 La situación migratoria en el país de los citados ciudadanos peruanos, al ser atribución exclusiva de la Dirección Nacional de Migraciones y del Ministerio de Gobierno, no fue considerada por la 65 CONARE . 87. La información disponible indica que esta reunión fue realizada sin presencia de la familia Pacheco Tineo o sus representantes. Tampoco se cuenta con información que permita comprender la naturaleza del acta, por ejemplo si se trató de un acto administrativo susceptible de recursos. La información disponible indica que la familia Pacheco Tineo fue expulsada de Bolivia sin tomar conocimiento del rechazo de su nueva solicitud. 4. La expulsión de la familia Tineo Godos a Perú el 24 de febrero de 2001 88. Con posterioridad a este rechazo y a la liberación de Fredesvinda Tineo Godos, los 66 antecedentes fueron puestos en conocimiento del Ministerio Público . El 23 de febrero de 2001, el Fiscal de Materia de la Fiscalía del Distrito de La Paz, emitió requerimiento fiscal dirigido al SENAMIG, solicitando la expulsión de la familia Pacheco Tineo. Textualmente, este requerimiento indicó: (…) al no haber demostrado su ingreso legal al país las personas que responden a los nombres RUMALDO JUAN PACHECO OSCO, FREDESVINDA TINEO GODOS, FRIDA EDITH PACHECO TINEO, JUANA GUADALUPE PACHECO PINEDO (sic) Y JUAN RICARDO PACHECO TINEO, los primeros Peruanos y el último Chileno, los mismos que al presente no cuentan con ningún tipo de documentación, por otra parte al haber perdido su condición de refugiados corresponde a su autoridad disponer que los mismos sean expulsados del país, conforme a las Leyes Migratorias del 67 país . 89. En la misma fecha, 23 de febrero de 2001, el SENAMIG emitió Resolución No. 136/2001 mediante la cual “de acuerdo al REQUERIMIENTO FISCAL y por encontrarse ilegales, infringiendo normas migratorias vigentes” y en aplicación del artículo 48 del Decreto Supremo 24423, resolvió “expulsar del territorio nacional” a la familia Pacheco Tineo. Para ello, fue encargada la Dirección 68 Nacional de Inspectoría de la Dirección Nacional de Inspectoría y Arraigos del SENAMIG . 90. La familia Pacheco Tineo contaba con pasajes de bus emitidos por la empresa Trasporte 69 Internacional y Turismo, para ser trasladados desde La Paz a la localidad de Arica, Chile . 91. El 24 de febrero de 2001 Rumaldo Juan Pacheco Osco y Fredesvinda Tineo Godos, 70 junto con sus tres hijos, todos niños, fueron expulsados de Bolivia por parte del SENAMIG “en 71 cumplimiento a requerimiento Fiscal y al Régimen Legal de Migración“ . Mediante comunicación del Jefe 65 Anexo 35. Acta de una reunión de la CONARE de 21 de febrero de 2001 (Anexo al escrito del Estado de 9 de julio de 2008). 66 Anexo 5. Informe del Ex – Asesor General de Migración al Director Jurídico del Servicio Nacional de Migración (Anexo a escrito del Estado recibido el 23 de diciembre de 2004). 67 Anexo 14. Requerimiento fiscal de la Fiscalía del Distrito de La Paz de 23 de febrero de 2000 (Anexo a escrito del Estado recibido el 23 de diciembre de 2004). 68 Anexo 15. Resolución No. 136/2001 del SENAMIG de 23 de febrero de 2001 (Anexo a escrito del Estado recibido el 23 de diciembre de 2004). Existe otra copia de esta resolución con algunas diferencias de forma y en la cual aparece la firma de un funcionario de “Migración Desaguadero”. En esta copia de la resolución consta un sello de salida de fecha 24 de febrero de 2001, con indicación “Desaguadero”. Ver. Anexo 16. Copia de la Resolución No. 136/2001 del SENAMIG de 23 de febrero de 2001, con algunas diferencias de forma y con el sello del “Desaguadero” (Anexo a escrito del Estado de 23 de diciembre de 2004). 69 Anexo 33. Tiquetes de bus de la empresa Transporte Internacional y Turismo (Anexo a escrito de los peticionarios recibido el 30 de enero de 2007). 70 Anexo 1. Copia de partes del pasaporte de Rumaldo Juan Pacheco Osco (Anexo a escritos de los peticionarios recibidos el 27 de diciembre de 2002 y el 30 de enero de 2007); y Anexo 4. Copia de partes del pasaporte de Fredesvinda Tineo Godos (Anexo a escritos de los peticionarios recibidos el 27 de diciembre de 2002 y el 30 de enero de 2007). 71 Anexo 5. Informe del Ex – Asesor General de Migración al Director Jurídico del Servicio Nacional de Migración (Anexo a escrito del Estado recibido el 23 de diciembre de 2004). Si bien en este informe se indica que la frase “expulsado de Bolivia” en Continúa…

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