-10formuladas por funcionarios públicos, a través de la radio y la televisión, en contra de los jueces de la Corte Primera. 2. Requerir a las partes que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que las personas mencionadas en el punto resolutivo primero rindan sus testimonios y dictámenes a través de declaración ante fedatario público (affidávit), y que las remitan a la Corte Interamericana a más tardar el 11 de enero de 2008. 3. Solicitar a la Secretaría de la Corte que, una vez recibidos los testimonios y dictámenes mencionados en el punto resolutivo primero, los transmita a las partes para que, en un plazo improrrogable de siete días contado a partir de su recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes. * 4. Convocar a la Comisión Interamericana, al representante y al Estado, a una audiencia pública que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana, a partir del 31 de enero de 2008 a las 09:00 horas, para escuchar sus alegatos finales orales sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso, así como las declaraciones de las siguientes personas: Testigos A) Propuestos por la Comisión y por el representante 1) Perkins Rocha Contreras, quien declarará “sobre los hechos que dieron lugar a su destitución como magistrado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de Venezuela, el procedimiento que se utilizó para ello, los recursos internos utilizados y la forma como estos hechos [se alega] afectaron su salud física y emocional y sus relaciones sociales y de familia”, y 2) Juan Carlos Apitz Barbera, quien declarará “sobre los hechos que dieron lugar a su destitución como magistrado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de Venezuela, el procedimiento que se utilizó para ello, los recursos internos utilizados y la forma como estos hechos [se alega] afectaron su salud física y emocional y sus relaciones sociales y de familia”. B) Propuestos por el Estado 3) Beltrán Haddad, para que declare sobre el desempeño de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial en el presente caso, y 4) Servio Tulio León Briceño, para que explique la forma en que se instruyó el procedimiento disciplinario de las presuntas víctimas. Declaraciones a título informativo A) Propuesto por el Representante

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents