9 Ángel Quintero y Claudia Patricia Monsalve, y que identifique y sancione a los responsables de dichos actos. 6. Requerir al Estado de Colombia que, a partir de la fecha de notificación de esta Resolución, amplíe los informes sobre las medidas provisionales adoptadas en este caso, y continúe presentándolos cada dos meses. 7. Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que remita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sus observaciones sobre los informes del Estado de Colombia, en un plazo no mayor de seis semanas contadas desde su recepción. Antônio A. Cançado Trindade Presidente Máximo Pacheco Gómez Hernán Salgado Pesantes Oliver Jackman Alirio Abreu Burelli Sergio García Ramírez Carlos Vicente de Roux Rengifo Manuel E. Ventura Robles Secretario Comuníquese y ejecútese, Antônio A. Cançado Trindade Presidente Manuel E. Ventura Robles Secretario

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