-2- 7. Que supervisar[ía] el cumplimiento de [la] sentencia y sólo después dar[ía] por concluido el caso. 3. Los escritos del Estado de la República Argentina (en adelante “el Estado” o “la Argentina”), de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión”) y de los representantes de las víctimas y sus familiares (en adelante “los representantes”), presentados desde marzo de 1999 hasta noviembre de 2003 en relación con el cumplimiento de la sentencia en el presente caso. 4. La Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002, mediante la cual resolvió: 1. Que el Estado t[enía] el deber de tomar todas las medidas que [fueran] necesarias para dar efecto y pronto cumplimiento a la sentencia de reparaciones de 27 de agosto de 1998 dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Garrido y Baigorria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Que el Estado deb[ía] presentar a la Corte, a más tardar el 30 de marzo de 2003, un informe detallado sobre las gestiones realizadas con el propósito de cumplir con lo dispuesto por el Tribunal en el considerando octavo de la […] Resolución de Cumplimiento. 3. Que los representantes de las víctimas y sus familiares, así como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, deb[ían] presentar sus observaciones al informe del Estado en el plazo de dos meses contado a partir de la recepción del referido informe. […] 5. La Resolución emitida por la Corte el 27 de noviembre de 2003, mediante la cual declaró: 1. Que el Estado ha[bía] dado cumplimiento a lo señalado en los puntos resolutivos 1 y 2 de la Sentencia de reparaciones emitida por este Tribunal el 27 de agosto de 1998, en lo que respecta a: a) los pagos de los montos correspondientes a las reparaciones de los familiares de los señores Adolfo Garrido y Raúl Baigorria, excepto lo referente a la indemnización correspondiente a los hijos extramatrimoniales del señor Raúl Baigorria, de conformidad con lo expuesto en el Considerando décimo primero de la […] Resolución; y b) el reintegro de costas a favor de los referidos familiares de los señores Garrido y Baigorria y los honorarios a favor de los abogados Carlos Varela Álvarez y Diego Lavado, de conformidad con lo expuesto en el considerando décimo primero de la […] Resolución. 2. Que mantendr[ía] abierto el procedimiento de supervisión del cumplimiento en relación con los siguientes puntos pendientes de acatamiento: a) la localización de los hijos extramatrimoniales del señor Raúl Baigorria y el depósito del monto indemnizatorio que les corresponde en concepto de reparaciones, de conformidad con lo expuesto en los Considerandos octavo, noveno y décimo de la […] Resolución; y b) la investigación de los hechos que condujeron a la desaparición de los señores Adolfo Garrido y Raúl Baigorria y la sanción de los responsables, de conformidad con lo señalado en los Considerandos décimo tercero a décimo sexto de la […] Resolución. y resolvió:

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