11. Finalmente, la parte peticionaria solicitó que la Comisión declare que el Estado violó el derecho a la integridad personal, en relación con el artículo 1.1 de la CADH, en perjuicio de Luz Nelly Lima Gutiérrez, madre de Jineth Bedoya. A este respecto, alegó que ella “ha venido sufriendo y temiendo por las amenazas a su hija desde el año 1998, agravadas por la continua impunidad en que se mantiene el caso, y que incluso en 1999 salió herida en un atentado dirigido contra la presunta víctima por lo que tuvo que ser hospitalizada por varios días”. B. El Estado 12. El Estado manifestó que lamenta profundamente los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000, en los cuales la periodista Jineth Bedoya fue víctima de hechos constitutivos de secuestro, tortura y violencia sexual, y expresó su reconocimiento a la labor periodística de Jineth Bedoya. Asimismo, reconoció que “si existió un contexto de violencia contra los periodistas para la fecha de los hechos que conforman el presente caso”, y solicitó a la CIDH las medidas legislativas y de política pública que propenden “por el respeto y garantía del ejercicio de la actividad periodística y el acceso a la justicia respecto a los delitos de violencia sexual contra mujeres dentro y fuera del conflicto armado”. 13. El Estado alegó que las autoridades estatales han llevado a cabo distintas acciones de índole penal y disciplinaria, así como medidas de protección y reparación con el fin de salvaguardar los derechos de la presunta víctima en el presente caso. En cuanto a las medidas de protección, el Estado reconoció que sí tuvo conocimiento del riesgo en el que se encontraba la periodista antes de su secuestro. Afirmó que en 1999 el Estado valoró el riesgo en un nivel medio; “sin embargo, no tiene certeza si la periodista aceptó el esquema de seguridad provisional ofrecido por parte del DAS”. Además, afirmó que el Ministerio de Defensa efectivamente tuvo conocimiento de las amenazas recibidas por Jineth Bedoya el día antes de su secuestro y que “a través de la Policía Nacional atendió la situación manifestada por los periodistas, para los cual tomaron medidas de seguridad para evitar la concreción del riesgo”. Agregó que desde marzo de 2014 se le asignó un esquema de protección, compuesto por hombres de la policía, un vehículo blindado, un vehículo convencional, un medio de comunicación y un chaleco antibalas. 14. En cuanto a la investigación penal de las amenazas, el Estado expresó que abrió tres investigaciones penales, las cuales fueron archivadas de manera motivada después de concluir la etapa de indagación. No obstante, el Estado informó que “un Comité Técnico Jurídico de la Fiscalía se encuentra valorando la posibilidad de decretar la reapertura de dichas investigaciones, con el fin de continuar con el recaudo probatorio que permita dilucidar los hechos denunciados por la periodista”. 15. Sobre las investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000, el Estado argumentó que las autoridades han actuado de manera objetiva e integral siguiendo los procedimientos constitucionales y legales establecidos y que fruto de ese trabajo se han logrado avances significativos. Afirmó que una vez que tuvo conocimiento del secuestro de la periodista, las autoridades desplegaron de manera inmediata las acciones tendientes a dar con su paradero, e iniciaron los procedimientos necesarios para identificar a los responsables. Sostuvo que a pesar de las dificultades encontradas en la investigación de estos hechos, las autoridades han asumido su deber con toda la seriedad, imparcialidad y celeridad, lo que ha permitido los siguientes avances: 1) la condena a dos de los autores, 2) la declaración de los crímenes contra Jineth Bedoya Lima como crímenes de lesa humanidad, de acuerdo a los instrumentos internacionales ratificados por Colombia, 3) la identificación de los móviles de los delitos por lo cual se concluyó que se buscaba amedrentar a la periodista y coartar el ejercicio de su actividad, y 4) el avance en el esclarecimiento de los hechos. El Estado indicó que el proceso penal ha contado con una activa participación del Ministerio Público desde sus inicios y que desde enero de 2011, cuando Jineth Bedoya Lima se hizo parte civil en la investigación, la presunta víctima ha contado con plena participación en el proceso. Por otro lado, el Estado alegó que la investigación siguió los estándares establecidos para la atención a víctimas de violencia sexual y que en ningún momento las autoridades incurrieron en “actuaciones que pudieran haber revictimizado y/o discriminado a la periodista” ni efectuaron valoraciones estereotipadas en la investigación. El Estado alegó que al inicio de la investigación no existían suficientes elementos probatorios para proseguir una línea de investigación relacionada con la participación de agentes estatales en los hechos 4

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