5 su escrito de 19 abril de 2012, los representantes reiteraron la información respecto de la falta de funcionarios suficientes en la UNIS. 10. En relación con la asistencia jurídica a los socioeducandos, los representantes subrayaron que la misma continuaba a cargo de un único defensor público. Reiteraron que muchas veces los adolescentes eran representados por abogados del IASES en virtud de que el defensor público no estaba disponible. Por otra parte, las Comisiones de Evaluación Disciplinaria no han sido implementadas en su totalidad en las unidades de atención socioeducativa, y su funcionamiento es distinto en cada una de ellas. Por otra parte, el Estado no ha proporcionado información detallada sobre el funcionamiento de dichas comisiones de evaluación. 11. Por su parte, la Comisión Interamericana tomó nota de que el Estado habría adoptado algunas medidas para tratar de superar la situación de riesgo de los beneficiarios. Asimismo, valoró la voluntad del Estado en avanzar en la implementación de las medidas provisionales pero consideró que teniendo en cuenta la gravedad de los hechos sería importante que el Estado presentara información detallada sobre los hechos específicos destacados por los representantes. 12. La Corte Interamericana valora las distintas iniciativas llevadas adelante por el Estado con el fin de implementar las medidas provisionales dispuestas oportunamente y mejorar la situación en la Unidad de Internación Socioeducativa y de otros centros de internación. En particular, este Tribunal toma nota de la implementación de las medidas dispuestas oportunamente en el acuerdo interinstitucional informado anteriormente al Tribunal, y el intento de coordinación entre los diversos órganos del sistema de justicia y de atención a jóvenes en conflicto con la ley. Adicionalmente, el Tribunal resalta las acciones de capacitación y fortalecimiento del cuadro de funcionarios del IASES, que tienen el objetivo de mejorar la atención brindada a los internos y prevenir situaciones de riesgo. b) Situación de riesgo en la Unidad de Internación Socioeducativa 13. El Estado afirmó que entre julio y diciembre de 2011 se registraron diez hechos de carácter “extraordinario” o “excepcional”, los cuales fueron debidamente comunicados a las autoridades del sistema de justicia. Asimismo, en el período de julio de 2011 a febrero de 2012 no se registraron hechos de extrema gravedad y urgencia que pudieran causar daños irreparables a los funcionarios o a los socioeducandos o afectar el orden y buen funcionamiento de las unidades del IASES. Por otra parte, informó que, en relación con los incidentes presentados en informes anteriores de los representantes, el Estado ya adoptó medidas para dar tratamiento adecuado a cada una de las situaciones presentadas y realizó el debido examen médico forense a los internos involucrados en los respectivos incidentes. Además, los hechos susceptibles de registro fueron debidamente tratados en el ámbito de las Comisiones de Evaluación Disciplinaria, así como encaminados para la averiguación de la Corregedoria del IASES. 14. Al respecto, los representantes señalaron que en UNIS y en la mayoría de las otras unidades, el control de la disciplina continuaba siendo aplicado con medios crueles o de manera ilegal y arbitraria, improvisada y sin obediencia a ningún reglamento. Destacaron su preocupación por la transferencia de algunos beneficiarios de las presentes medidas a otras Unidades, puesto que tal medida continúa siendo ineficaz para proteger su vida e integridad personal en virtud de la ocurrencia del mismo tipo de hechos violentos en las unidades donde fueron

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