47
la mayoría de los casos los autores disfrutaban de una inmunidad prácticamente de hecho debido a su
234
condición social y sus contactos políticos” .
177.
Asimismo, según el Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el Examen Periódico
Universal relativo a Honduras, del 4 de enero de 2011, los Estados que participaron en el diálogo
expresaron en más de una ocasión su preocupación por la situación de los defensores de los derechos
235
humanos en Honduras . En la oportunidad, la delegación del Estado manifestó "preocupación por las
alegaciones de amenazas y agresiones contra… defensores de los derechos humanos, y los exhortó a
denunciar dichas prácticas ante las instancias nacionales correspondientes a fin de prevenir, investigar y
236
castigar a los responsables" . En dicho informe se recomendó, entre otros, “tomar medidas
inmediatas y eficaces para proteger a los defensores de los derechos humanos contra ataques violentos”
237
y para esclarecer estos actos .
178.
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso
López Álvarez Vs. Honduras estableció que “han habido denuncias de amenazas y atentados contra la
”238
vida de defensores de los derechos humanos de los garifunas . Igualmente, la CIDH ha monitoreado
de manera constante la situación de defensoras y defensores en Honduras y ha recibido información
preocupante sobre la existencia de ataques, amenazas y actos de hostigamientos en contra de líderes y
239
lideresas sociales, defensoras y defensores de derechos humanos .
179.
En este contexto, frente al otorgamiento de títulos de propiedad de tierras ancestrales de
la Comunidad de Triunfo de la Cruz, organizaciones comunales y nacionales garífuna realizaron una
serie de acciones orientadas a denunciar las violaciones de las cuales eran víctimas y a reivindicar las
240
tierras que ancestralmente han ocupado, a las que la CIDH se ha referido en el presente informe .
Asimismo, como ha constatado la CIDH en lo precedente, desde los años 90 existe una situación de
conflicto permanente provocada por terceros interesados en las tierras comunitarias, quienes realizan
constantes amenazas y actos de violencia 241. Estos hechos fueron denunciados en múltiples ocasiones e
incluso autoridades estatales reconocieron expresamente la situación de inseguridad en que se
242
encontraba la Comunidad .
234
ONU, Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial de sobre Ejecuciones extrajudiciales,
sumarias o arbitrarias, Asma Jahangir, Adición, Misión a Honduras, Documento E/CN.4/2003/3/Add.2, 14 de junio de 2002, párr.
63.
235
ONU, Consejo de Derechos Humanos. Examen Periódico Universal. Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el
Examen Periódico Universal: Honduras. A/HRC/16/10. 4 de enero de 2011. párrs. 30, 35, 44, 53 y 68.
236
ONU, Consejo de Derechos Humanos. Examen Periódico Universal. Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el
Examen Periódico Universal: Honduras. A/HRC/16/10. 4 de enero de 2011. párr. 20.
237
ONU, Consejo de Derechos Humanos. Examen Periódico Universal. Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el
Examen Periódico Universal: Honduras. A/HRC/16/10. 4 de enero de 2011. párrs. 82.29, 82.30, 82.31, 82.33, 82.67, 82.80, 83.9.
238
Corte IDH. Caso López Álvarez Vs. Honduras. Sentencia de 1 de febrero de 2006. Serie C No. 141. párr. 54.3.
239
CIDH. Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en las Américas.
OEA/Ser.L/V/II. Doc. 66. 31 diciembre 2011. párr. 30; CIDH. Informe Anual 2010. Capítulo IV. Honduras. párr. 448-459. CIDH.
Informe Anual 2011. Capítulo IV. Honduras. párrafos 373-382.
240
En palabras de la peticionaria: “la falta de seguridad de la tenencia de tierra de las comunidades Garífuna, ha
provocado un clima tenso, caracterizado por zozobra y durísimas amenazas a la integridad física de los líderes comunitarios”.
Escrito de la peticionaria de 2 de enero de 2006, recibido por la CIDH el 26 de enero de 2006.
241
Al respecto, José Ángel Castro, señaló en la audiencia ante la CIDH: “Hay mucho miedo aun cuando se convoca a
reuniones la gente tiene miedo, por que dice que puede aparecer la gente que manda la municipalidad y además como llegan a
veces los miembros del sindicato a amenazar a la gente, la mayoría de la gente tienen mucho miedo, incluso los dirigentes hemos
tenido mucho miedo y nuestras familias también porque han vivido bajo una constante amenaza”. CIDH, Audiencia Pública de
fecha 2 de marzo de 2007 sobre “Caso 12.548 – Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz, Honduras”, 127º período ordinario de
sesiones. Testimonio de José Ángel Castro.
242
Obra en el expediente ante la CIDH el Oficio FEEPC-35/2000, del 1 de febrero de 2000, mediante el cual el Fiscal
Especial de Etnias y Patrimonio Cultural solicitó al Director Ejecutivo del INA que su intervención urgente “…para que de
conformidad al título que se les otorgó puedan tomar posesión material de la misma, en virtud que personas ajenas a la comunidad
y autoridades locales les están usurpando la tierra, generando conflictos que pueden terminar en la comisión de ilícitos”. [Anexo
124. Oficio FEEPC-35/2000 dirigido por el Fiscal Especial de Etnias y Patrimonio Cultural al INA el 1 de febrero de 2000. Anexo 38