47 la mayoría de los casos los autores disfrutaban de una inmunidad prácticamente de hecho debido a su 234 condición social y sus contactos políticos” . 177. Asimismo, según el Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el Examen Periódico Universal relativo a Honduras, del 4 de enero de 2011, los Estados que participaron en el diálogo expresaron en más de una ocasión su preocupación por la situación de los defensores de los derechos 235 humanos en Honduras . En la oportunidad, la delegación del Estado manifestó "preocupación por las alegaciones de amenazas y agresiones contra… defensores de los derechos humanos, y los exhortó a denunciar dichas prácticas ante las instancias nacionales correspondientes a fin de prevenir, investigar y 236 castigar a los responsables" . En dicho informe se recomendó, entre otros, “tomar medidas inmediatas y eficaces para proteger a los defensores de los derechos humanos contra ataques violentos” 237 y para esclarecer estos actos . 178. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso López Álvarez Vs. Honduras estableció que “han habido denuncias de amenazas y atentados contra la ”238 vida de defensores de los derechos humanos de los garifunas . Igualmente, la CIDH ha monitoreado de manera constante la situación de defensoras y defensores en Honduras y ha recibido información preocupante sobre la existencia de ataques, amenazas y actos de hostigamientos en contra de líderes y 239 lideresas sociales, defensoras y defensores de derechos humanos . 179. En este contexto, frente al otorgamiento de títulos de propiedad de tierras ancestrales de la Comunidad de Triunfo de la Cruz, organizaciones comunales y nacionales garífuna realizaron una serie de acciones orientadas a denunciar las violaciones de las cuales eran víctimas y a reivindicar las 240 tierras que ancestralmente han ocupado, a las que la CIDH se ha referido en el presente informe . Asimismo, como ha constatado la CIDH en lo precedente, desde los años 90 existe una situación de conflicto permanente provocada por terceros interesados en las tierras comunitarias, quienes realizan constantes amenazas y actos de violencia 241. Estos hechos fueron denunciados en múltiples ocasiones e incluso autoridades estatales reconocieron expresamente la situación de inseguridad en que se 242 encontraba la Comunidad . 234 ONU, Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial de sobre Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Asma Jahangir, Adición, Misión a Honduras, Documento E/CN.4/2003/3/Add.2, 14 de junio de 2002, párr. 63. 235 ONU, Consejo de Derechos Humanos. Examen Periódico Universal. Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el Examen Periódico Universal: Honduras. A/HRC/16/10. 4 de enero de 2011. párrs. 30, 35, 44, 53 y 68. 236 ONU, Consejo de Derechos Humanos. Examen Periódico Universal. Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el Examen Periódico Universal: Honduras. A/HRC/16/10. 4 de enero de 2011. párr. 20. 237 ONU, Consejo de Derechos Humanos. Examen Periódico Universal. Informe del Grupo de Trabajo de la ONU sobre el Examen Periódico Universal: Honduras. A/HRC/16/10. 4 de enero de 2011. párrs. 82.29, 82.30, 82.31, 82.33, 82.67, 82.80, 83.9. 238 Corte IDH. Caso López Álvarez Vs. Honduras. Sentencia de 1 de febrero de 2006. Serie C No. 141. párr. 54.3. 239 CIDH. Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 66. 31 diciembre 2011. párr. 30; CIDH. Informe Anual 2010. Capítulo IV. Honduras. párr. 448-459. CIDH. Informe Anual 2011. Capítulo IV. Honduras. párrafos 373-382. 240 En palabras de la peticionaria: “la falta de seguridad de la tenencia de tierra de las comunidades Garífuna, ha provocado un clima tenso, caracterizado por zozobra y durísimas amenazas a la integridad física de los líderes comunitarios”. Escrito de la peticionaria de 2 de enero de 2006, recibido por la CIDH el 26 de enero de 2006. 241 Al respecto, José Ángel Castro, señaló en la audiencia ante la CIDH: “Hay mucho miedo aun cuando se convoca a reuniones la gente tiene miedo, por que dice que puede aparecer la gente que manda la municipalidad y además como llegan a veces los miembros del sindicato a amenazar a la gente, la mayoría de la gente tienen mucho miedo, incluso los dirigentes hemos tenido mucho miedo y nuestras familias también porque han vivido bajo una constante amenaza”. CIDH, Audiencia Pública de fecha 2 de marzo de 2007 sobre “Caso 12.548 – Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz, Honduras”, 127º período ordinario de sesiones. Testimonio de José Ángel Castro. 242 Obra en el expediente ante la CIDH el Oficio FEEPC-35/2000, del 1 de febrero de 2000, mediante el cual el Fiscal Especial de Etnias y Patrimonio Cultural solicitó al Director Ejecutivo del INA que su intervención urgente “…para que de conformidad al título que se les otorgó puedan tomar posesión material de la misma, en virtud que personas ajenas a la comunidad y autoridades locales les están usurpando la tierra, generando conflictos que pueden terminar en la comisión de ilícitos”. [Anexo 124. Oficio FEEPC-35/2000 dirigido por el Fiscal Especial de Etnias y Patrimonio Cultural al INA el 1 de febrero de 2000. Anexo 38

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