47. Asimismo, Human Rights Watch ha venido denunciado dicha práctica recurrente en sus Informes Anuales desde 1993. En su último informe correspondiente al año 2009 informó que: En Venezuela […] las ejecuciones extrajudiciales por parte de agentes de seguridad continúan siendo una práctica recurrente. En la última década, se registraron miles de ejecuciones extrajudiciales. La impunidad por estos delitos continúa siendo la regla. En 2009, la Fiscal General denunció que hasta septiembre de 2008 se habían iniciado investigaciones en 6.422 casos de 8 violaciones de derechos humanos por la policía, y que 463 agentes habían sido procesados . 48. En similar sentido, en una publicación del año 2000, Amnistía Internacional manifestó que mantenía sus serias preocupaciones por las “recientes ejecuciones extrajudiciales” cometidas por los cuerpos de seguridad del Estado, e informó que […] en los últimos años Amnistía Internacional ha recibido decenas de informes de personas muertas a manos de las fuerzas de seguridad en circunstancias que sugerían que habían sido víctimas de ejecución extrajudicial. La policía figura en los datos estadísticos como la principal responsable de posibles ejecuciones extrajudiciales, pero la responsabilidad se atribuye también al ejército en varios casos. Esos incidentes rara vez se han investigado de forma exhaustiva, y en muy pocos casos los 9 responsables comparecen ante los tribunales . 49. Asimismo, en su Informe Anual de 2008 señaló que para fines de 2007, no se habían implementado ninguna de las recomendaciones que la Comisión Nacional para la Reforma Policial había realizado, entre otras, la adopción de medidas para mejorar la responsabilidad de los policías, capacitación sobre derechos humanos y el uso de la fuerza, la regulación y el control de las armas 10 utilizadas por las fuerzas de seguridad, etc . 2. Fuentes nacionales a. Autoridades nacionales 50. Esta situación ha sido reconocida incluso por instituciones estatales como la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la República. 51. La Defensoría del Pueblo, en su informe anual de 2001 indicó que: Entre los patrones mediante los cuales se priva de la vida a un ser humano en forma arbitraria, fue recurrente a lo largo del período que corresponde a este Anuario la práctica de la ejecución extrajudicial, conocida como ajusticiamiento. Término que hace referencia a la acción que tiene como finalidad causar la muerte intencional ejercida por un funcionario autorizado por la ley para utilizar la fuerza y las armas de fuego. La situación aquí analizada supone tendencias que permiten inferir la existencia permanente de prácticas policiales ilegales, que traen como consecuencia la instauración de hecho de la pena de muerte, y al mismo tiempo vulneran el derecho fundamental a la vida, los valores de justicia, solidaridad y respeto hacia el ser humano. Hemos identificado tres elementos comunes que favorecen la impunidad. El primero de ellos es la aceptación del discurso de enfrentamiento policial por parte de los organismos encargados de hacer cumplir la ley y por la propia ciudadanía, en virtud de que la misma conlleva a que no se 8 Ver http://www.hrw.org/es/world-report-2010/venezuela-0 9 Amnistía Internacional. Venezuela. LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. UNA TAREA INCONCLUSA. http://www.amnesty.org/es/library/asset/AMR53/008/2000/es/2f84ad73-de10-11dd-a3e1-93acb0aa12d8/amr530082000es.html 10 Amnistía Internacional. Informe http://www.unhcr.org/refworld/country,COI,AMNESTY,ANNUALREPORT,VEN,,483e27bd3c,0.html. Anual.

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