RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 30 DE JUNIO DE 2011
MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE MÉXICO
ASUNTO PÉREZ TORRES Y OTROS (“CAMPO ALGODONERO”)
VISTO:
1.
La Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la
Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) de 6 de julio de 2009, mediante la cual el
Tribunal resolvió:
1.
2009.
Ratificar la Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana […] de 24 de abril de
2.
Requerir al Estado que mantenga las medidas que hubiese adoptado, y que adopte, de forma
inmediata, las medidas que sean necesarias para proteger la vida y la integridad de Rosa Isela Pérez
Torres y de sus familiares inmediatos.
[…]
5.
Reiterar al Estado que continúe dando participación a los beneficiarios en la planificación e
implementación de las medidas de protección y que, en general, les mantenga informados sobre el
avance de las medidas.
2.
Las comunicaciones de 28 de agosto y 5 de noviembre de 2009, y 5 de mayo de
2011 mediante las cuales los Estados Unidos Mexicanos (en adelante, “el Estado” o
“México”) presentó información sobre la implementación de las medidas provisionales
ordenadas por la Corte a favor de la señora Pérez Torres y sus familiares inmediatos. En su
último escrito, el Estado solicitó el levantamiento de las medidas provisionales.
3.
Los escritos de 14 y 29 de septiembre de 2009, mediante los cuales la señora Rosa
Isela Pérez Torres (en adelante, “la señora Pérez Torres” o “la beneficiaria”) y las
representantes de ésta y sus familiares inmediatos (en adelante “las representantes”)
presentaron sus observaciones a la información sobre la implementación de las medidas
provisionales ordenadas por la Corte en el presente asunto. Desde septiembre de 2009 las
representantes no presentaron información sobre la situación de los beneficiarios de las
medidas.
El Juez Alberto Pérez Pérez informó al Tribunal que, por motivos de fuerza mayor, no podía estar presente
en la deliberación y firma de la presente Resolución.