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podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos finales orales sobre las excepciones
preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso.
10.
Requerir a la Secretaría que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.3
del Reglamento, remita a la Comisión, a los representantes y al Estado una copia de la
grabación de la audiencia pública al término de la misma o dentro de los 15 días
siguientes a su celebración.
11.
Informar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado que
cuentan con plazo hasta el 28 de marzo de 2011 para presentar sus alegatos finales
escritos en relación con las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y
costas en este caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la remisión de la
copia de la grabación de la audiencia pública.
12.
Requerir a la Secretaría de la Corte Interamericana que notifique la presente
Resolución a la Comisión Interamericana, a los representantes, y al Estado.
Diego García-Sayán
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario