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ellas si hubiere más de una, y dos tercios a los hijos, que también se dividirá
por igual entre ellos si hubiere más de uno.
b.
La reparación del daño moral correspondiente a cada víctima será
dividida así: una mitad se adjudica a los hijos; un cuarto para las esposas y
el otro cuarto para los padres. Si hubiere más de un beneficiario en alguna
de estas categorías, el monto se dividirá entre ellos por igual.
c.
El reintegro de gastos será pagado a la persona que, según el escrito
de la Comisión, lo efectuó.
98.
De acuerdo con estas reglas, la distribución de las reparaciones y del
reintegro de gastos da el resultado siguiente:
Daison Aloeboetoe
a sus esposas
Wenke Asodanoe
Aingifesie Aloeboetoe
US$
a sus hijos
Podini Asodanoe
Maradona Asodanoe
Leona Aloeboetoe
8.496.8.496.-
US$ 11.328.11.328.11.328.-
a sus padres
Abinotoe Banai (fallecido)
Ajong Aloeboetoe
US$
3.634.4.664.-
Deede-Manoe Aloeboetoe
a sus esposas
Asoidamoeje Tiopo
Norma Aloeboetoe
US$
8.050.8.050.-
a sus hijos
Klucion Tiopo
Moitia Foto
US$
16.104.16.104.-
a sus padres
Abinotoe Banai (fallecido)
Ajong Aloeboetoe
US$
3.633.4.663.-
US$
32.771.32.529.-
US$
8.173.-
Mikuwendje Aloeboetoe
a sus padres
Andeja Aloeboetoe
Masatin Koedemoesoe
Richenel Voola
a sus esposas
Mangoemaw Adjako (fallecida)