-9superior de la niñez y adolescencia. Por otra parte, la perita se referirá a las
obligaciones internacionales de los Estados en la implementación del procedimiento
de restitución internacional, desde su inicio hasta la etapa de ejecución de la orden
de restitución, así como a los derechos de las madres, padres y familiares en el
marco de dichos procesos. En la medida de lo pertinente, la perita se referirá a otros
sistemas internacionales de protección de derechos humanos y al derecho
comparado. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje podrá referirse a los hechos
del caso.
2.
Solicitar al Estado de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 incisos 1 y
3 del Reglamento de la Corte, su cooperación para llevar a cabo la audiencia pública por
celebrarse en ese país, convocada mediante la presente Resolución, así como para facilitar la
entrada y salida de su territorio de las personas que fueron citadas a rendir su declaración ante
la Corte Interamericana en la referida audiencia y de quienes representarán a la Comisión
Interamericana, a Paraguay y a la presunta víctima, durante la misma. Para tal efecto se
dispone que la Secretaría notifique la presente Resolución a la República de Chile.
3.
Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le
otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas, propuestas por
el representante y el Estado, presten su declaración ante fedatario público:
A. Testigos
Propuestos por el representante
1.
Lilian Laura Andrada, quien declarará sobre lo ocurrido desde el día del traslado de
su nieto a Paraguay, los trámites y procesos judiciales iniciados por esa razón, las
consecuencias de los hechos en la salud de su hijo y el acompañamiento que le ha
brindado.
2.
Mirta Guarino quien, en su calidad de jueza del Juzgado de Garantías de Moreno, se
referirá a los procesos judiciales emprendidos por el señor Córdoba, lo ocurrido en
las causas en las que debió decidir como funcionaria publica de la República
Argentina y sobre la cooperación internacional brindada por el Estado de Paraguay.
3.
Javier Salgado quien, en su calidad de director jurídico de la Cancillería de la
República Argentina, declarará sobre el desarrollo del proceso ante la Comisión
Interamericana, el papel del Estado Argentino en su rol de amicus curiae, y el rol
del señor Córdoba durante dicho trámite.
Propuestos por el Estado
4.
Milda Ramona Galeano Aquino, quien declarará sobre su relación con el señor
Arnaldo Javier Córdoba Galeano, las circunstancias que la llevaron a trasladar a su
hijo a Paraguay, y el proceso de vinculación entre el señor Córdoba y su hijo.
5.
Dylan Arnaldo Yamil Córdoba Galeano, quien declarará sobre su relación con las
señoras Milda Galeano y Lourdes Galeano y con el señor Arnaldo Córdoba.
6.
Luz Griselda Gaona, quien declarará sobre las condiciones que han estado
disponibles para el relacionamiento entre el señor Arnaldo Córdoba y su hijo y sobre
su proceso de relacionamiento, el cual estuvo comisionada para acompañar.