-9superior de la niñez y adolescencia. Por otra parte, la perita se referirá a las obligaciones internacionales de los Estados en la implementación del procedimiento de restitución internacional, desde su inicio hasta la etapa de ejecución de la orden de restitución, así como a los derechos de las madres, padres y familiares en el marco de dichos procesos. En la medida de lo pertinente, la perita se referirá a otros sistemas internacionales de protección de derechos humanos y al derecho comparado. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje podrá referirse a los hechos del caso. 2. Solicitar al Estado de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 incisos 1 y 3 del Reglamento de la Corte, su cooperación para llevar a cabo la audiencia pública por celebrarse en ese país, convocada mediante la presente Resolución, así como para facilitar la entrada y salida de su territorio de las personas que fueron citadas a rendir su declaración ante la Corte Interamericana en la referida audiencia y de quienes representarán a la Comisión Interamericana, a Paraguay y a la presunta víctima, durante la misma. Para tal efecto se dispone que la Secretaría notifique la presente Resolución a la República de Chile. 3. Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas, propuestas por el representante y el Estado, presten su declaración ante fedatario público: A. Testigos Propuestos por el representante 1. Lilian Laura Andrada, quien declarará sobre lo ocurrido desde el día del traslado de su nieto a Paraguay, los trámites y procesos judiciales iniciados por esa razón, las consecuencias de los hechos en la salud de su hijo y el acompañamiento que le ha brindado. 2. Mirta Guarino quien, en su calidad de jueza del Juzgado de Garantías de Moreno, se referirá a los procesos judiciales emprendidos por el señor Córdoba, lo ocurrido en las causas en las que debió decidir como funcionaria publica de la República Argentina y sobre la cooperación internacional brindada por el Estado de Paraguay. 3. Javier Salgado quien, en su calidad de director jurídico de la Cancillería de la República Argentina, declarará sobre el desarrollo del proceso ante la Comisión Interamericana, el papel del Estado Argentino en su rol de amicus curiae, y el rol del señor Córdoba durante dicho trámite. Propuestos por el Estado 4. Milda Ramona Galeano Aquino, quien declarará sobre su relación con el señor Arnaldo Javier Córdoba Galeano, las circunstancias que la llevaron a trasladar a su hijo a Paraguay, y el proceso de vinculación entre el señor Córdoba y su hijo. 5. Dylan Arnaldo Yamil Córdoba Galeano, quien declarará sobre su relación con las señoras Milda Galeano y Lourdes Galeano y con el señor Arnaldo Córdoba. 6. Luz Griselda Gaona, quien declarará sobre las condiciones que han estado disponibles para el relacionamiento entre el señor Arnaldo Córdoba y su hijo y sobre su proceso de relacionamiento, el cual estuvo comisionada para acompañar.

Select target paragraph3