9 primero de la presente Resolución. En ese mismo plazo la Comisión podrá presentar las preguntas que estime pertinentes respecto del peritaje de Fidel Jaramillo Paz y Miño, propuesto por el Estado, para el cual se le concedió la oportunidad de formular preguntas (supra Considerandos 18 y 22). Las declaraciones y los peritajes requeridos en el punto resolutivo primero deberán ser presentados al Tribunal a más tardar el 12 de enero de 2015. 3. Requerir a los representantes, al Estado y a la Comisión que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las preguntas de la contraparte, y en lo pertinente, de la Comisión, las presuntas víctimas y los peritos incluyan las respuestas en sus respectivas declaraciones y dictámenes rendidos ante fedatario público, de conformidad con el Considerando 22 de la presente Resolución. 4. Disponer que, una vez recibidos las declaraciones y los peritajes requeridos en el punto resolutivo primero, la Secretaría de la Corte Interamericana los transmita a los representantes, al Estado y a la Comisión para que presenten sus observaciones, conforme al Considerando 22, a más tardar con sus alegatos u observaciones finales escritos, respectivamente. 5. Convocar a la República del Ecuador, a los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas que se celebrará durante el 107 Período Ordinario de Sesiones, que se llevará a cabo en la sede de la Corte en San José de Costa Rica, el 4 de febrero de 2015, a partir de las 15:00 horas y seguirá el 5 de febrero de 2015, a partir de las 9:00 horas para recibir sus alegatos y observaciones finales orales y las declaraciones de las personas que a continuación se mencionan: A. Presunta víctima Propuesta por los representantes 1. Pura Vicenta Ibarra Ponce, madre de José Luis García Ibarra, quien declarará sobre las acciones que tuvo que emprender para buscar justicia en el caso de la alegada ejecución de su hijo y el dolor que provocó en ella su muerte y la alegada falta de adecuada sanción al responsable. B. Peritos Propuesto por la Comisión 1. Philip Alston, abogado y profesor, quien rendirá un peritaje sobre las obligaciones que impone el derecho internacional de los derechos humanos en materia de especial protección de los niños, niñas y adolescentes, en el marco del ejercicio de la función policial, cuando los Estados formulan políticas para responder a problemáticas como el funcionamiento de pandillas. El perito se referirá a los estándares en materia de prevención de abusos, incluyendo privaciones arbitrarias de la vida, por parte de cuerpos de seguridad estatales en el marco de políticas de seguridad que pueden tener un impacto específico en niños, niñas y adolescentes. Propuesto por el Estado

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