62 prisión, y al último a 33 años de prisión, por el homicidio de 15 personas, concierto para delinquir y por el concurso homogéneo de hurto agravado y calificado. Con la excepción de Francisco Enrique Villalba, quien se encuentra detenido cumpliendo pena de prisión por otros delitos, los civiles mencionados –incluyendo importantes líderes paramilitares— fueron juzgados y condenados en ausencia y las órdenes de detención en su contra aun no han sido ejecutadas. 125.94 El 6 de febrero de 2004 se trasladó a la investigación penal el fallo disciplinario (infra párr. 125.98 y 125.100) en contra del Teniente del Ejército, el señor Everardo Bolaños Galindo y el cabo primero, el señor Germán Antonio Alzate Cardona, por colaboración y omisión en relación con los hechos ocurridos en el corregimiento de El Aro. El 16 de diciembre de 2004 dichas personas fueron vinculadas al proceso penal. El cabo primero fue declarado persona ausente el 11 de enero de 2005. El 1 de marzo de 2005 se profirió orden de captura en contra de éstos. El Teniente del Ejército se encuentra privado de su libertad en la cárcel de máxima seguridad de Cómbita. 125.95 Testigos, abogados y fiscales involucrados en las investigaciones de los hechos de El Aro han debido abandonar la zona o el país por razones de seguridad. vi) Procesos disciplinarios 125.96 El 7 y 11 de diciembre de 1998 la Procuraduría provincial de Caucasia, en razón de que los supuestos hechos no habían sido cometidos por miembros del Ejército, sino por paramilitares, resolvió archivar varios procesos disciplinarios relacionados con los siguientes hechos en El Aro: (1) el hurto de varias cabezas de ganado de la finca de Bernardo Jiménez, en los días 20 y 28 de octubre de 1997; (2) la muerte de Omar Iván Gutiérrez Nohavá, ocurrida el 23 de octubre de 1997; y (3) el hurto de ganado ocurrido en la finca de los hermanos García Lopera, el 25 de octubre de 1997. 125.97 El 10 de agosto de 2001 la Procuraduría General de la Nación resolvió archivar un proceso disciplinario relacionado con la presunta responsabilidad del Mayor General Carlos Ospina Ovalle “y otros miembros del Ejército”, por “los hechos ocurridos a finales de octubre de 1997 en el corregimiento de El Aro”. La Procuraduría no consideró que existía prueba suficiente para responsabilizar al Ejército de presuntas omisiones en relación con tales hechos. 125.98 El 30 de julio de 2001, a raíz de múltiples quejas presentadas desde el año 1997 con motivos de los hechos en El Aro, la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos ordenó la apertura de una investigación disciplinaria contra el Teniente capitán Germán Morantes Hernández, el Teniente Everardo Bolaños Galindo y el cabo primero Germán Antonio Alzate Cardona. 125.99 El 28 de enero de 2002 la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos se inhibió de proseguir actuación disciplinaria en contra del Teniente capitán Germán Morantes Hernández y resolvió formular cargos disciplinarios contra el Teniente Everardo Bolaños Galindo y el capitán Germán Antonio Alzate Cardona. 125.100 El 30 de septiembre de 2002 la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos resolvió sancionar al Teniente Everardo Bolaños Galindo y al cabo primero Germán Antonio Alzate Cardona, alias “Rambo”, destituyéndolos de sus cargos como funcionarios públicos por hallarlos responsables de haber colaborado y facilitado con dolo la incursión paramilitar en El Aro y la sustracción de ganado. El 1 de noviembre de 2002, ante un recurso de apelación presentado por las personas mencionadas anteriormente,

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