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2.
Jaime Jaramillo Panneso, Consejero de Paz y Cultura de la Gobernación de
Antioquia
“Podrían ser unas quince o veinte familias” las desplazadas en el corregimiento de El Aro con
ocasión de la incursión de octubre de 1997.
La Gobernación ofreció asistencia alimenticia para los desplazados, así como protección y
ayuda para regresar a sus viviendas. Por la dispersión en que se encontraban las familias era
difícil ubicarlas y apoyarlas. Algunas de estas ayudas se hicieron en coordinación con la Red
de Solidaridad Social.
La Gobernación de Antioquia, a través de los consejos de seguridad, coordinaba las acciones
de la Fuerza Pública, e impulsaba las tareas con la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y la
Procuraduría. Esto es lo que el Gobernador denominó REDIS (Redes de Información de
Seguridad), donde participaban no sólo los integrantes de la Fuerza Pública, sino también los
organismos de control e investigación.
PERITAJES
a)
Peritajes propuestos por los representantes
1.
Bjorn Pettersson, consultor independiente en el campo de los derechos
humanos y especialmente en el tema de desplazamiento interno
A través de las múltiples entrevistas y visitas de campo realizadas concluyó que: a) las
autoridades no adoptaron las medidas preventivas a pesar de saber que existía una incursión
paramilitar en Ituango; b) las masacres en Ituango fueron realizadas por grupos
paramilitares que actuaron conjuntamente con las fuerzas armadas de Colombia, o que al
menos contaron con la aquiescencia o tolerancia de éstas; y c) a un número grande de
personas se les obligó a desplazarse sin asistencia de emergencia, ni apoyo estatal para su
nuevo establecimiento y reintegración voluntaria.
Los actos supuestamente perpetrados por grupos paramilitares, tales como mutilaciones y
otras torturas seguidas por ejecuciones extrajudiciales, habían sido realizados con "extrema
brutalidad".
El grupo paramilitar involucrado permaneció varios días en la zona, recibiendo apoyo militar y
logístico de las fuerzas armadas colombianas.
En relación a los desplazamientos forzados, el Estado colombiano estaba obligado, de
conformidad con la legislación local, así como con la normativa internacional, a lo siguiente:
a) prevenir la masacre y desplazamiento; b) investigar los actos violentos, llevar a cabo
juicios y sancionar a los responsables; c) proteger a la población desplazada de violaciones
adicionales; d) proveer a los desplazados con asistencia humanitaria en las áreas de
alimentación, vivienda, salud, educación y vestimenta; y e) asegurar el retorno seguro y
voluntario a sus hogares, así como la reintegración local o el nuevo establecimiento en otra
parte del país.
La población desplazada se encontraba sin acceso a los servicios de salud, alimentación,
vivienda y educación.
Las medidas impulsadas por el Estado para que los desplazados regresaran a sus
comunidades de origen se impulsaron sin que se pudieran garantizar condiciones de
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