CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CASO DE LAS MASACRES DE ITUANGO VS. COLOMBIA
SENTENCIA DE 1 DE JULIO DE 2006
En el caso de las Masacres de Ituango,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte
Interamericana” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces*:
Sergio García Ramírez, Presidente;
Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente;
Antônio A. Cançado Trindade, Juez;
Cecilia Medina Quiroga, Jueza;
Manuel E. Ventura Robles, Juez; y
Diego García-Sayán, Juez;
presentes, además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario; y
Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta,
de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 29,
31, 37.6, 53.2, 55, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), dicta
la presente Sentencia.
I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA
1.
El 30 de julio de 2004, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 61 de la
Convención Americana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la
Comisión” o “la Comisión Interamericana”) sometió ante la Corte una demanda contra el
Estado de Colombia (en adelante “el Estado” o “Colombia”), la cual se originó en las
denuncias número 12.050 (La Granja) y 12.266 (El Aro), respecto del Municipio de Ituango,
recibidas en la Secretaría de la Comisión el 14 de julio de 1998 y el 3 de marzo de 2000,
respectivamente. El 11 de marzo de 2004 la Comisión dispuso la acumulación de los casos
(infra párr. 10).
*
El Juez Oliver Jackman y el Juez ad hoc Jaime Enrique Granados Peña (infra párrs. 53 y 54), informaron al
Tribunal que, por motivos de fuerza mayor, no podían estar presentes en la deliberación de la presente Sentencia.
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos