85. De acuerdo a la información disponible, a la fecha, el criterio jurisprudencial de la SCJN es que la imprescriptibilidad de las acciones civiles derivadas de delitos de lesa humanidad establecida en el artículo 2561 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, no rige para los casos de desapariciones forzadas ocurridas durante la dictadura, toda vez que el artículo 2537 de dicho Código indica que los plazos de prescripción en curso al momento de la entrada en vigencia del Código se rigen por la ley anterior. La SCJN en un fallo dictado en el año 2018 en un caso de desaparición forzada, señaló que “[no] resultaría aplicable al caso la imprescriptibilidad fijada en el artículo 2561 in fine del Código Civil y Comercial, en virtud de lo dispuesto expresamente por el artículo 2537 del mismo cuerpo legal” 80. En el mismo fallo la Corte reiteró el criterio según el cual, en casos de desaparición forzada de personas, “el punto de arranque del curso de la prescripción puede situarse –entre otras posibilidades- en la fecha en que, mediante una sentencia judicial, se determine el fallecimiento presunto de la víctima del delito” 81. G. Sobre los procesos penales 86. El 24 de diciembre de 1986 y el 8 de junio de 1987 se promulgaron las Leyes Nro. 23.492, llamada de “Punto Final”, y Nro. 23.521, llamada de “Obediencia debida”, respectivamente, las cuales, junto con los indultos decretados por el Presidente Carlos Menem (Nro. 1002/98 y otros), provocaron que un gran número de causas penales que se habían abierto luego del retorno a la democracia con el fin de investigar los hechos cometidos durante la dictadura, quedaran paralizadas. El 3 de septiembre de 2003, mediante la Ley No. 25.779, el Congreso Nacional declaró nulas dichas leyes. El 14 de junio de 2005 la CSJN en el caso “Simón, Julio Héctor” declaró la inconstitucionalidad las leyes Nro. 23.492 y Nro. 23.521 y declaró la validez de la Ley No. 25.779 82. A partir de estas decisiones se produjo la apertura y avance de una gran cantidad de causas por graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura 83. Entre las “megacausas” llevadas a cabo por la justicia argentina, se encuentra la relativa a “Automotores Orletti”, la cual se ha dividido en cuatro tramos, denominados Orletti I, II, III y IV. 1. Causa No. 1627 “Guillamondegui, Néstor Horacio y otros s/privación ilegal de la libertad agravada, imposición de tormentos y homicidio calificado” 87. El 6 de septiembre de 2006 se decretó el procesamiento con prisión preventiva de Néstor Horacio Guillamondegui, Rubén Victor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Honorio Carlos Martinez Ruiz y Raúl Antonio Guglielminetti, ex agentes de la SIDE, por 65 casos de privaciones ilegales de la libertad y tormentos ocurridas en “Orletti”. El 23 de noviembre del mismo año se decretó el procesamiento con prisión preventiva de Eduardo Alfredo Ruffo y el 4 de septiembre de 2008 se elevaron las actuaciones a juicio 84. 88. El 31 de mayo de 2011 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 1, en el marco de la causa No. 1627 caratulada “Guillamondegui, Néstor Horacio y otros s/privación ilegal de la libertad agravada, imposición de tormentos y homicidio calificado”, conocida como “Orletti I”, condenó a Eduardo Rodolfo Cabanillas, Eduardo Alfredo Ruffo, Honorio Carlos Martínez Ruiz y a Raúl Antonio Guglielminetti a penas de prisión perpetua, 25 años (Ruffo y Martínez Ruiz) y 20 años respectivamente, por delitos cometidos en “Orletti”, entre ellos por la privación ilegal de la libertad y tormentos de Victoria Grisonas. 89. En dicha sentencia se consideró “acreditada con plena certeza la privación ilegal de la libertad que sufriera Victoria Lucía Grisonas, como así también su alojamiento en el ccdt “Automotores Orletti”, el Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tomo 340, volumen 1. Villamil, Amelia Ana c/ Estado Nacional s/ Daños y Perjuicios del 30 de octubre de 2007, pág. 360. Disponible en: https://sj.csjn.gov.ar 81 Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tomo 340, volumen 1. Villamil, Amelia Ana c/ Estado Nacional s/ Daños y Perjuicios del 30 de octubre de 2007, pág. 363, citando lo decidido en “Tarnopolsky” (Fallos: 322: 1888). Disponible en: https://sj.csjn.gov.ar 82 Sentencia de la CSJN de fecha 14 de junio de 2005 en el recurso de hecho interpuesto en la causa Nro. 17.768, “Simón, Julio Héctor y otros s/privación ilegítima de la libertad”. Disponible en: https://www.mpf.gov.ar/Institucional/UnidadesFE/Simon-CSJN.pdf 83 Centro de Información Judicial. Descripción general de los juicios en Argentina. Lesa Humanidad. Disponible en: https://www.cij.gov.ar/lesa-humanidad.html 84 Centro de Información Judicial. Automotores Orletti. Disponible en: http://cij.gov.ar/nota-1190-.html 80 24

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