93 hecho de acompañarme en los procesos. [E]n el momento que se dieron todos esos hechos, yo podía sostener a mis hijos en el sentido de que les estaba pagando una universidad privada a mi hija, la mayor. Mis otros hijos también estaban estudiando en un colegio privado, o sea, tenían ropa, tenían alimentos, medicinas […], incluso también les pagaba una empleada para que atendiera las cosas de la casa[, …] estaban bien, no como están ahora409. 330. Respecto a las afectaciones y la revictimización sufridas por la señora V.P.C. al acudir a las instancias judiciales, el perito Enrique Oscar Stola señaló que “la madre, que es una madre protectora, también es una víctima y cuando analizamos la conducta del Poder Judicial en principio se había colocado que era una víctima secundaria, pero también pienso que la madre protectora recibe tal nivel de agresión dentro del Poder Judicial que puede ser una víctima primaria, tanto como la niña. Por último, las actitudes de hacerle reiterar y reiterar con diferentes profesionales lo vivido, lo único que puede hacer es aumentar el trauma y la prolongación del juicio, del proceso legal, […] lo que hace es mantener activo el estrés post-traumático y profundizar alguna sintomatología”410. 331. En cuanto a las afectaciones a la integridad personal de la hermana y los hermanos de V.R.P., la señora V.P.C. declaró en audiencia que “[su] hija mayor que fue la que vino con nosotr[a]s [a Estados Unidos], ella prácticamente asumió como un rol junto conmigo, porque entre las dos tratamos como de sacar adelante a mi hija [V.R.P.] porque yo muchas veces me quedaba con mi hija y ella se iba a trabajar. Ella actualmente tuvo un episodio demasiado fuerte porque estuvo internada en un psiquiátrico aproximadamente 10 días. Hasta el momento, eso ocurrió hace poco. A mi hijo H, cuando salí de Nicaragua, […] tenían que estarle haciendo controles constantes porque él fue operado de un cáncer en el cerebro y yo tenía que darle el seguimiento necesario a él porque todavía tiene una válvula en la cabeza y prácticamente quedó en abandono porque yo no he podido ayudarle a él en cuanto a la salud”411. Señaló, además, que H.J.R.P. fue despedido de su trabajo a raíz de la denuncia internacional del presente caso. Respecto de V.A.R.P., sostuvo que no han podido sufragar las medicinas requeridas para sus problemas de salud412. 332. En el caso de H.J.R.P., de acuerdo con su declaración ante fedatario público, la salida de su madre y hermanas de Nicaragua “[destrozó su] vida”, ya que su madre era “[su] respaldo emocional, moral y económico” y, desde que ella salió de Nicaragua, no ha podido realizarse periódicamente la resonancia magnética por la válvula que tiene implantada en el cerebelo debido a una operación quirúrgica por un tumor cerebral. Por otra parte, manifestó que, con motivo de la petición de la señora V.P.C. ante la Comisión Interamericana, “la mayoría de los jueces y secretarios de los juzgados [crearon] un rechazo y temor [en su contra]. Ello “[lo] perjudicó profesionalmente ya que no [pudo] encontrar un trabajo estable”. Además, sostuvo que “[t]odo esto ha venido repercutiendo en [su] vida diaria [afectando] aún más [su] débil salud con gastritis, migraña y episodios depresivos acrecentados por la situación económica” 413. Asimismo, V.A.R.P. indicó en su declaración ante fedatario público que, aparte de las graves afectaciones emocionales producto de la estigmatización y revictimización vivida por el proceso a nivel interno y la separación de su familia, no pudo estudiar y sus sueños se vieron truncados al no poder culminar con su educación universitaria414. Por su parte, N.R.P. relató que la situación que vivieron a raíz de 409 Declaración rendida ante la Corte Interamericana por V.P.C. durante la audiencia pública celebrada el 17 de octubre de 2017. 410 Declaración rendida ante la Corte Interamericana por el perito Enrique Oscar Stola durante la audiencia pública celebrada el 16 y 17 de octubre de 2017. 411 Declaración rendida ante la Corte Interamericana por V.P.C. durante la audiencia pública celebrada el 17 de octubre de 2017. 412 Cfr. Declaración rendida ante la Corte Interamericana por V.P.C. durante la audiencia pública celebrada el 17 de octubre de 2017. 413 Declaración rendida ante fedatario público por H.J.R.P. el 9 de octubre de 2017 (expediente de prueba, tomo XVIII, afidávits, folios 8352 a 8358). 414 Específicamente, manifestó que: “[a]l salir [su] madre con [sus] hermanas de Nicaragua, […] perd[ió] todas las

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