común velar porque la declaración de las testigos Manuela Irumenga y Ocata Nihua en
caso de que se realice en otro idioma, sea traducida al idioma español. En todo caso, el
Estado tendrá la oportunidad de remitir sus observaciones a dicha declaración.
15. Por tanto, esta Presidencia no hace lugar a las objeciones presentadas por el
Estado, por lo que se admiten los ofrecimientos de las declaraciones de Manuela
Irumenga y Ocata Nihua. Los objetos y modalidades de las referidas declaraciones serán
determinados en la parte resolutiva de la presente Resolución (infra punto resolutivo 4).
C.
Las observaciones a la forma de declaración de los testigos Kemperi,
Daboto Tega y Bai Baihua ofrecidos por la representante Kimerling
16. La representante Kimerling ofreció la declaración de Kemperi 27, Daboto Tega 28
y Bai Baihua 29. En su lista definitiva, solicitó que estas declaraciones fueran rendidas
ante autoridad de su comunidad, porque la realización de un affidávit presentaría
dificultades excesivas. El Estado, por su parte, sugirió que se siguiera el procedimiento
propuesto por el interviniente común para receptar los testimonios de la Nacionalidad
Indígena Waorani, a saber, grabaciones en video con fe pública de un Notario.
17. Al respecto, tomando en cuenta la situación geográfica y las características
culturales de los declarantes, esta Presidencia considera adecuado que las declaraciones
de Kemperi, Daboto Tega y Bai Baihua sean rendidas ante autoridad de su comunidad,
sin que sea necesaria su notarización. Estas declaraciones podrán ser rendidas por
escrito o por medio de vídeo, siempre y cuando se proporcionen en idioma español o
estén acompañadas de una traducción a este idioma.
D.
La modalidad de la declaración de Tewe Dayuma Michela Conta,
ofrecida por la representante Kimerling
18. La representante Kimerling ofreció la declaración de la presunta víctima Tewe
Dayuma Michela Conta 30 y en su lista definitiva solicitó que su declaración fuera recibida
en la audiencia pública. Por escrito presentado el 10 de julio de 2022, la representante
Kimerling solicitó que, tomando en cuenta que su representada Tewe Dayuma Michela
Conta, es una joven madre indígena recientemente contactada, quien se encuentra
De acuerdo con la representante el declarante es chaman Baihueri y titular de conocimiento Waorani.
El objeto de su declaración sería “la cultura Waorani, territorio, las prácticas y el derecho consuetudinario
Waorani con relación al sistema de propiedad comunal, la toma de decisiones, la organización social y política,
y la adopción de niñas; la situación de Conta y los pueblos Waorani en aislamiento; los territorios ancestrales
y actuales de los pueblos Waorani; la organización NAWE en el marco cultural Waorani; y los impactos de las
actividades petroleras, madereras y la colonización en los territorios y vidas de las Waorani”.
27
28
De acuerdo con la representante, la declarante es titular de conocimiento Waorani y abuela Baihuaeri
de Conta. El objeto de su declaración sería “las presiones externas que no permiten a los Waorani vivir en paz
y sobre lo que significa dejar vivir; la situación de Conta; los impactos de las actividades petroleras, madereras
y la colonización en los territorios y vidas de los Waorani; la cultura Waorani y las prácticas y el derecho
consuetudinario Waorani en relación con el sistema de propiedad comunal, la organización social y política, la
toma de decisiones, la adopción de niñas y la organización NAWE en el marco cultural Waorani”.
29
De acuerdo con la representante el declarante es titular de conocimiento Waorani. El objeto de su
declaración sería: “la cultura Waorani y las prácticas y el derecho consuetudinario Waorani relacionado con el
sistema de propiedad comunal, el territorio compartido, los cazadores, la organización social y política, la toma
de decisiones, la organización NAWE en el marco cultural Waorani; los impactos de las actividades petroleras,
madereras y la colonización en los territorios y vidas de los Waorani; los territorios de los pueblos Waorani y
la situación de los pueblos Waorani en aislamiento”.
30
De acuerdo con la representante, el objeto de su declaración sería “su llegada a Bameno (de Yentaro),
y sobre como está y como quiere vivir”.
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